Efectivamente Jesusfer, si tiene días de libre disposición, podrá utilizarlos para lo que el quiera, pero entonces no creo que deba justificar si es para examinarse del permiso de conducir o si es para buscar setas o tomarse unas cañas con su cuñao. Para eso son de libre disposición, y para mi, en la práctica, y con el preaviso oportuno, es como si fueran vacaciones (tal vez, eso sí, de consecución y disfrute algo más flexible).
Lo comento porque imagino que los que quería confirmar abril era si situaciones como las de examinarse de conducir podían tener una especial protección a efectos de permisos (y evitar que ese tiempo sea a cargo de vacaciones o, en su caso, dias de libre disposición) y estamos de acuerdo que salvo casos concretos como alguno de los expuestos, no es así.
Vamos, digo yo.
En algunos convenios vienen recogidos días de libre disposición en el apartado de permisos retribuidos o licencias. Si tú convenio tiene recogidos estos días puedes utilizarlos para examinarte del carnet de conducir. También si viene expresamente establecido el permiso para la obtención del carnet de conducir.
En caso de no venir recogido en el convenio colectivo, coíncido con lo manifestado por los compañeros en las respuestas anteriores.
Estoy de acuerdo con Vicente. Salvo que se indique así expresamente por convenio (o que tu puesto de trabajo implique conducir y te estés sacando el permiso a instancias de la empresa), no es un permiso retribuido.
Lo normal es que te concedan el permiso para realizar el exámen, pero otra cosa es que lo consideren como tiempo de trabajo efectivo y retribuido.
O sea, que salvo que tu empresa sea muy generosa o lfexible (que también puede ser), pueden descontarte el salario del tiempo de ausencia, pedirte que lo recuperes, o bien tomar unas horas c cuenta de vacaiones
Tengo una duda, mañana tengo que hacer el exámen práctico de conducir y me gustaria saber si en mi trabajo estan obligados a darme permiso considerándolo un examen oficial de la Dirección General de Tráfico o no están obligados y lo que tendria que hacer es cogerme vacaciones. En la autoescuela me dicen que si es un exámen oficial y que el examinador me puede firmar un papel para que yo lo entregue en el trabajo. Hoy voy a ir a Tráfico y lo voy a preguntar pero de todas formas me gustaria saber si en la legislación laboral hay alguna referencia a este tema. GRACIAS