Buenas tardes:
quiero legalizar a una trabajadora rumana que a fecha 22 de julio de 2011 no se encontraba ni dada de alta, ni cobrando el paro, ni apuntada.
Ahora quiero legalizarla, que documentacion se necesita? se puede hacer un contrato a tiempo parcial o puede ser a tiempo completo?es que segun la faena que puedo tener igual no puedo contratarla a jornada completa. Pasaria algo si presento los papeles a jornada completa y luego la contrato a tiempo parcial?
por favor ayudadme .
Un saludo y muchas gracias
No se trata de "legalizar", porque los rumanos son ciudadanos de la Unión Europea y tienen libertad de circulación y establecimiento en España, de modo que nunca estarán en situación irregular.
Lo que se aprobó a partir del 22 de julio de 2011, es la reactivación del período transitorio para la libre circulación de los rumanos como TRABAJADORES POR CUENTA AJENA. Ello implica que, si un rumano que no estaba trabajando y en situación de alta o inscrito como demandante de empleo al 22 de julio de 2011, tenga necesariamente que solicitar una autorización de trabajo, a diferencia de lo que venía sucediendo hasta antes del 22 de julio de 2011, cuando los rumanos, como ciudadanos de la Unión Europea, gozaban plenamente de todos los derechos que tal calidad les confería y por tanto, para poder trabajar por cuenta ajena les bastaba con inscribirse en el Registro Central de Extranjeros y obtener su certificado.
Sí puede celebrar un contrato a tiempo parcial.
Le adjunto la ruta hacia la hoja informativa oficial, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con toda la información al detalle:
buenos dias:
muchas gracias por ayudarme, pero pasaria algo si le presentara un contrato de trabajo a tiempo completo y despues cuando tenga el permiso la contrato a tiempo parcial, es que en extranjeria me dicen que el contrato para presentar la documentacion tiene que ser a jornada completa.
Lara Medina, no se confunda ni enrede la situación, un contrato con las indecisiones de tiempo que Ud manifiesta no es posible acomodarlo, o lo hace a tiempo parcial o lo hace indefinido, le aconsejo lo haga a tiempo indefinido y cuando la faena de trabajo disminuya, ud le disminuye las horas de trabajo diario y le paga proporcionalmente por el tiempo trabajado, la Nueva Ley Laboral lo permite, es conveniente hacerle la advertencia a la trabajadora.