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Permiso de residencia por circustancias excepcionales.

5 Comentarios
 
Permiso de residencia por circustancias excepcionales.
07/02/2008 20:48
Hola soy un chico argentino con permiso comunitario por haberme casado con una chica española, pero me divorcie el 30 de mayo del 2005,queria saber si para pedir arraigo laboral me piden 3 años minimo, desde cuando cuentan esos 3 años desde la sentencia de divorcio o desde que llegue a españa? (tengo un contrato indefinido y en mi empresa desconocen mi situacion)
08/02/2008 21:24
Hola. Es para el arraigo social o familiar para el que se necesitan 3 años de permanencia en España (el arraigo laboral son dos años, pero se necesita resolución judicial que reconozca la relación laboral o la resolución administrativa
confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social).
Esos tres años se cuentan desde la entrada en España, pero has de acreditarlos. Como has estado ya con residencia legal no vas a tener problemas en la acreditación. Si tienes familia (hijos, padres o cónyuge) puedes tramitar el arraigo familiar, y si no el social.
Un saludo y espero haberte ayudado
11/02/2008 08:47
Hola Lorien, el arraigo social? no lo entiendo muy bien, vivo con mi novia desde hace 1 año en el mismo piso(empadronados los 2 ahi), tngo un contrato indefinido firmado en agosto del 2003(y mi empresa no sabe mi situacion), un amigo me dijo que en el momento de haberme divorciado tendria que haber hecho los papeles nuevos, pero nadie me informo(tengo un nie comunitario T.R.Familiar comunitario por mi ex) y este nie caduca el 22-5-08, que puedo hacer.Trabajo y estudio desde 2003.Gracias
11/02/2008 19:42
Hola. Creo que no me expliqué muy bien la última vez.
Tu autorización caduca en mayo de 2008, pero al haberte divorciado deberías de haber tramitado una modificación de situación, y pasar así al régimen general, tal y como dice tu amigo.
Puedes intentar tramitar esa modificación alegando que no sabías nada de que tenías que cambiar. No se si lo aceptarán. Pasate por alguna entidad de tu localidad que asesoren al respecto, para ver qué te dice, porque puede variar dependiendo de la localidad. Yo he visto de todo.
Si te lo admiten, perfecto pasas a régimen general, te darían una autorización de residencia y trabajo.
Que no te lo admiten, tendrías que tramitar el arraigo social´para obtener de nuevo la residencia legal. Es un procedimietno que se llama así. Para ello tienes que llevar 3 años en España como mínimo (y probarlos claro), un informe de inserción social, antecedentes penales, un contrato de trabajo (en tu caso esto no es problema), tener cubierta la asistencia sanitaria, el empadronamiento, fotocopia completa del pasaporte, certificado médico oficial...
Espero haberte aclarado mejor. Dime lo que sea.
Un saludo.
13/02/2008 08:34
Hola Lorien, si eres abogada y estas en Valencia seguro que te contrataria!muchas gracias por tu informacion!!!me ha servido muchisimo,gracias!
13/03/2008 15:53
mensaje para lorien7, puedes ver por favor mi caso que se titula dificil caso de permiso de residencia, es similar a este, agradecería un poco de luz!!, no hay que estar "legal" en España para solicitar residencia por arraigo social? creo que en mi caso nunca llegó a solicitar permiso de residencia pero no estoy segura, tal vez si y no lo renovó si es importante lo averiguaré.

gracias por adelantado.