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permiso de residencia caducado

2 Comentarios
 
Permiso de residencia caducado
09/08/2010 22:04
hola buenas noches,la duda que tengo es que mi NIE caduca el dia 09/09/2010 y tengo pensado viajar hacia alemania el dia 13/09/2010,solo he presentado en extraneria la solicitud pero todavia no me han enviado el papel para pagar las tasas,en caso de que tenga luego el documento en donde me digan quemi solicitud esta aceptada y solo tengo que recoger el NIE con eso puedo regresar a españa sin problemas?
es que las compañias de viaje ponen que solo aceptan documentos en vigor y lo unico que esta en vigor seria el pasaporte!!
agradesco de antemano cualquier informacion..gracias
10/08/2010 00:57
Hola. No indicas en qué situación te encuentras. Pero actualmente debes presentar el comprobante de pago de la tasa junto con la solicitud o inmediatamente después, porque el hecho imponible ahora es la tramitación, no la concesión como antes. Los impresos para pagar la tasa en cualquier banco o caja te los puedes bajar de la página web del Ministerio de la Presidencia, apartado TASAS. No te olvides, PAGA LA TASA y presenta el comprobante cuanto antes.

Luego, si necesitas salir de territorio español mientras se está tramitando tu documento, debes solicitar una AUTORIZACIÓN DE REGRESO en la Oficina de Extranjeros de tu localidad, si vives en una ciudad grande es lo más probable que te hagan pedir cita previa por Internet. Entonces deberás viajar con tu pasaporte en vigor, la tarjeta de identidad de extranjero caducada junto con el resguardo de haber presentado la solicitud de renovación (porque es lo que da lugar a la prorrogación de los efectos de la tarjeta hasta que se resuelva el expediente) y la AUTORIZACIÓN DE REGRESO.

En cualquier caso, tu situación en España sigue siendo legal, porque has presentado oportunamente la solicitud de renovación, supongo junto con todos los documentos precetivos, pero por lo que cuentas, te falta pagar la tasa, lo que deberás subsanar cuanto antes.

SI NO PAGAS LA TASA NO PODRÁN ESTUDIAR NI RESOLVER TU EXPEDIENTE, PORQUE DESDE DICIEMBRE DE 2009 EL HECHO IMPONIBLE ES LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE, PUES SE HA SEGUIDO EL CRITERIO DE QUE EL INTERESADO DEBE COLABORAR PARA SUFRAGAR EL COSTE DE LA OPERACIÓN DEL APARATO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO PARA ESTUDIAR Y RESOLVER SU EXPEDIENTE, COSA QUE ANTES NO SIEMPRE ERA ASÍ, PUES EN LOS CASOS DE DENEGACIONES NO SE PAGABA NADA E IGUAL SE HABÍA MOVIDO EL APARATO ESTATAL.

Un cordial saludo.
10/08/2010 21:49
hola,gracias por la informacion,en el tramite de los papeles solo presente la planilla y el contrato de trabajo,lo del pago de las tasa me inf q los voy a recibir al domiclio pero hace un mes de esto y tendre que acercarme!!

por lo del viaje es bueno saber que con eso puedo salir y regresar a españa.
muchas gracias de nuevo y un saludo.