Muy oportuna la matización añadida por Fael, y más teniendo en cuenta que en la consulta se habla de la posibilidad del ejercicio de ese derecho por parte del padre.
Otra matización. El permiso por lactancia es un derecho reconocido a la madre, y solo cuando ambos trabajen puede ser disfrutado por uno de los dos. Además para que el derecho pueda pasar al padre, el trabajo de la madre debe estar sujeto al Estatuto de los Trabajadores que es el que reconoce ese derecho.
Hola,
simplemente un pequeño matiz respecto a la completa respuesta de Ninfa:
la alternativa a la hora de ausencia por lactancia, que puede ser fraccionada en dos mitades, es la de reducir su jornada habitual en MEDIA HORA (no una hora) (art. 37.4 ET).
La diferencia entre una opción y la otra radica en que si optamos por la ausencia de una hora o bien en las dos fraciones de esa hora, implica llegar al trabajo a la hora habitual, salir y volver de nuevo (si lo fraccionamos en dos, supondría salir otra vez y regresar de nuevo al trabajo) y salir a la hora habitual. Este esquema, salvo que trabajaemos al lado de nuestro domicilio, está claro que no es muy práctico y casi todo el mundo acude a la otra opción, que consiste en reducir MEDIA HORA la jornada habitual, esto es, simplemente llegar media hora más tarde de la habitual o bien salir media hora antes.
No obstante, es un permiso que, como todos, puede ser mejorado via convenio. Así por ej. el de Consultoria establece la posibilidad de reducir la jornada en una hora (pero en base al ET, insisto que es media hora solo).
También via convenio puede flexibilizarse la reducción de jornada por cuidado de hijo menor de 6 años. Pongo también de ejemplo el de cosultoría, que permite reducirla desde 1/8 (es un chollo para evitar la jornada partida sin apenas perdida de salario, pasas de trabajar de 9 a 19 horas con una hora para comer durante una buena parte del año , a trabajar de 8 a 15 horas, con la pérdida de solo 1/8 de tu salario, que seguro queda compensado con la posibilidad de comer en casita). Bueno, y además puedes atender mejor a tu hijo, claro (y te ahorras canguro, guerdería, acudir a los abuelos, etc).
El trabajador puede reducir su jornada por lactancia o guarda legal de un menor.
Si es por lactancia puede reducir su jornada una hora que puede dividir en dos fracciones de media hora si le interesa. Esta ausencia de una hora es retribuida y este permiso llega hasta que el bebe cumpla los 9 meses.
Por guarda legal de un menor el trabajador puede reducir su jornada entre un tercio y la mitad de la jornada con ila misma reduccion de su retribucion que la reduccion de la jornada. Esta reduccion puede llegar hasta que el niño cumpla los seis años.
La eleccion del horario que se reduce corresponde al trabajador quien deberá comunicar por escrito la reducción de su jornada a la empresa.
En caso de discrepancia y/o negativa de la empresa el trabajador dispone de unplazo de 20 dias a partir de aquel en que el empresario le comunique la disconformidad con el horario que reduce para plantear su demanda ante el juzgado de lo social que en procedimiento urgente y de tramitación preferente señalará la vista en un plazo de 5 dias, dictando sentencia en un plazo de tres.
¿Puede el padre de un bebe reducir su jornada para cuidar al mismo? Trabaja de lunes a viernes. ¿cuanto y como podria reducir esa jornada? Tiene jornada partida. De 09 00 a 14 00 y de 16 00 a 18 35 h en teoria, porque actualmente hace bastante mas horario.