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Permiso de Paternidad.

19 Comentarios
 
Permiso de paternidad.
04/09/2014 21:52
Buenas tardes.
Mi marido está de baja laboral por enfermedad común y, en el tiempo que lleva de baja, tenía que haber disfrutado de 15 días de vacaciones en agosto. Además, vamos a ser padres a finales de septiembre, y seguramente siga de baja para entonces.
En relación a todo ello tengo dos dudas:

1) Cuando se reincorpore al trabajo tras el alta médica, ¿Qué plazo de tiempo tiene para disfrutar de esas vacaciones que no ha podido disfrutar por estar de baja?

2) Mi segunda duda es si por estar de baja cuando nazca nuestro hijo pierde el derecho a los días de paternidad (13 2) o los puede disfrutar tras coger el alta médica y reincorporarse al trabajo. En caso de poder disfrutarlos ¿Qué plazo de tiempo tiene para coger esos días?

Muchas gracias.
05/09/2014 17:15
1ª-Las vacaciones debe disfrutarlas inmediatamente se reincorpore al puesto de trabajo y no pierde el derecho al disfrute de esas vacaciones.

2º.- Según la norma:
"Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del |ET:
Durante el período comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato por parto, adopción o acogimiento,o

Inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión, siempre que, en todos los casos, se produzca el disfrute efectivo del período de descanso correspondiente".

Una vez nacido el niño disfruta del permiso y si sigue de IT pues en este caso se pierde ese derecho.
SMO.
10/09/2014 08:45
Gracias jamgpreve por tu respuesta, la primera respuesta me quedó clara, pero en el segundo de los casos no entiendo muy bien lo que me indicas... Si mi marido sigue de baja cuando nazca nuestro hijo, ¿pierde el derecho a disfrutar del permiso de paternidad en cualquier otro momento?

Gracias de nuevo y disculpa la molestia.
10/09/2014 09:50
Exactamente no es como las vacaciones que se aplazan
10/09/2014 12:16
Yo acabo de ser padre nació el 1 sept. , y si que dejan aplazar el permiso de paternidad (los 13 días que paga el INSS el 100% de tu sueldo) en mi caso como nació justo en mis vacaciones de agosto, hice el papeleo para cobrar del 1 al 13 de septiembre.
Puedes elegir esos 13 días cuando quieras (máximo a 9 meses del nacimiento sino se pierden).
En cuanto salga de la baja, lo solicitas a la empresa está en su derecho.
10/09/2014 14:39
Perdón por mi ignorancia ¿Donde esta escrito eso de los 9 meses?
Se deben disfrutar inmediatamente posterior al permiso de dos días por nacimiento y si esta de IT no se aplaza como si ocurre con las vacacones.
SMO
10/09/2014 18:33
Doy fe de que es cierto porque ha sido mi caso. En la web de la seguridad social tienes toda la información pero este resumen es más "directo" y abajo hay el enlace con el resto de particularidades.
Saludos!

Cito:
¿Cuándo se puede disfrutar permiso de paternidad?

Por el nacimiento del hijo, se dispone de 2 días naturales: el día del parto y el día natural siguiente.

El permiso de paternidad de 13 días se puede coger al día siguiente del permiso por nacimiento o más tarde, pero siempre dentro de los 9 meses siguientes; en caso contrario los días no disfrutados, se pierden y o pueden acumularse para próximos nacimientos.

Los días de permiso por paternidad se puede tomar de forma seguida o alterna según convenga al padre, siempre que llegue a un acuerdo con la empresa.

Además se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50% previo acuerdo entre empresario y trabajador. Así, podrá disfrutar de 26 días con jornada parcial, si la empresa consiente.


Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/08/08/claves-para-solicitar-el-permiso-de-paternidad-de-13-dias/#ixzz3CvmjgDih
10/09/2014 18:39
Siento discrepar con jamgpreve y con 12345678.
No es obligatorio disfrutarlo a continuación de los 2 días que fija el ET (y que mejoran algunos convenios), ni tampoco se puede disfrutar durante los 9 meses siguientes.

Se podrá percibir el subsidio que paga el INSS con el correspondiente permiso (13 días) durante el período comprendido:

Desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento del hijo (los 2 días),
Hasta que finalice el descanso por maternidad de la madre o inmediatamente después de éste.

Así pues, si el trabajador se encuentra de baja cuando nazca el hijo pierde los dos días, que esos sí se tienen que disfrutar en el momento, pero los otros 13, si le dan el alta antes de que finalice el descanso de la madre sí podría disfrutarlos.
Más información:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PrestaciondePaterni51457/index.htm
11/09/2014 00:17
Al margen de las discrepancias en el tema, os agradezco a todos las aportaciones que hacéis para aclarar el asunto pero, con respecto a lo que dice mosca cojonera, al decir que "Se podrá percibir el subsidio que paga el INSS con el correspondiente permiso (13 días) durante el período comprendido:

Desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento del hijo (los 2 días),
HASTA QUE FINALICE EL DESCANSO POR MATERNIDAD DE LA MADRE O INMEDIATAMENTE DESPUÉS DE ÉSTE."

Con esta segunda opción, interpreto que sólo lo podrá disfrutar si yo (la esposa) trabajase o si estuviera percibiendo la prestación por desempleo, pero si no se da ninguno de estos dos casos (como así es) no podría disfrutarlo al no tener yo "descanso por maternidad".

11/09/2014 00:17
12345678 Por supuesto que tendremos que leer mas pero esta claro una cosa el articulo al que hace referencia esta equivocado no son 9 meses para poder disfrutar el permiso de paternidad, ademas ojo con confundir el descanso de paternidad que son semanas que la madre puede ceder al padre con el permiso.
Tampoco nos sirve que usted de fe jure y perjure porque su caso es distinto pues a lo mejor porque su convenio da esa facilidad pero no quiere decir que todos tendrán su convenio, (que no tengo ni idea de cual es ni de si trae algo al respecto), tampoco se debe confuniidr el cobrar la prestación con el disfrute de la misma.
La cuestión parece ser esas 16 semanas, los dos días del parto son durante el transcurso del mismo, esos no se pueden disfrutar a posteriori, los 13 días del permiso de paternidad se puede disfrutar inmediatamente después de los dos días del parto o durante esas 16 semanas, (3 meses y 1/2 mas o menos), sino se pierde.
Como regla general, los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el ET podrán ejercitar este derecho o bien desde la finalización del permiso retribuido previsto legal o convencionalmente (mínimo 2 días), por el nacimiento, adopción o acogimiento, y hasta que finalice la suspensión del contrato por maternidad; o bien, inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión por maternidad.

Esto es de la pag oficial de la SS y por tanto tiene razón mc.
Los casos particulares no son siempre iguales así que el que usted lo pudiese hacer como dice no quiere decir que todo el mundo pueda hacerlo de la misma forma y la consultante preguntaba ¿que sucedería si el marido tras el parto sigue en situación de IT? y ¿que ocurriría con las vacaciones?
Bien, las vacaciones tiene 18 meses desde el comienzo de la IT para una vez dado de alta disfrutarlas pasado ese plazo tb se perderían, en cuanto al permiso de paternidad si pasa de esas 16 semanas y continua de IT, primero los días del parto los pierde si o si y segundo tb si pasan esas 16 semanas lo pierde.
SMO.
11/09/2014 00:24
Entonces ¿es preciso que yo me encuentre trabajando o percibiendo el desempleo para poder solicitar el descanso por maternidad (las 16 semanas famosas) y para que mi marido pueda disfrutar de esos 13 días dentro de esas 16 semanas?
Porque yo ahora mismo no trabajo ni percibo el desempleo por lo que no podría disfrutar de ningún descanso por maternidad...

Gracias a todos y un saludo.
11/09/2014 00:25
Si la madre no trabaja, ¿cuándo se inicia el descanso por paternidad?




En los casos de parto, si la madre no trabaja, se presume que los períodos de descanso por maternidad han existido, a los efectos del tiempo de que dispone el otro progenitor para el disfrute del permiso de paternidad, actuándose igual que el supuesto general.
11/09/2014 00:32
osea, con lo que dices interpreto que, independientemente de cuál sea mi caso particular, dentro de las 16 semanas siguientes al parto mi marido podría disfrutar los 13 días de permiso por paternidad.
11/09/2014 01:02
Según lo que dice la pag de la SS interpreto lo mismo que usted.
12/09/2014 12:29
Hola a todos.
Os comento lo que me acaban de decir en la Seguridad Social al respecto de la duda que tenía sobre si se pierde o no el derecho al permiso de paternidad si se está de baja médica en el momento del parto, por si en el futuro alguien más consulta lo mismo.
Efectivamente es tal y como mc y jamgpreve decían.
Independientemente de cuál sea la situación laboral de la madre (que trabaje, no trabaje, perciba prestación por desempleo, etc.) la Seg. Social cuenta 16 semanas (112 días) desde el momento del parto y, es dentro de ese plazo de tiempo, cuando el marido tiene derecho a disfrutar de su permiso de paternidad, fuera de ese plazo lo perdería.
De modo que, si está de baja médica cuando el hijo nace, perdería los 2 primeros días de permiso de paternidad pero, si dentro de esas 16 semanas coge el alta y se reincorpora al trabajo, tendría derecho a disfrutar de los 13 días restantes. Esos 13 días no tienen por qué disfrutarse de forma inmediata tras la reincorporación al trabajo, sino que puede estar trabajando unos días y luego cogerlos, siempre y cuando no hayan finalizado aún las 16 semanas.

Gracias a todos y un saludo.
12/09/2017 18:49
santra
Buenas tardes
Necesito una aclaración
Los días de baja por paternidad se cuentan los días de lunes a viernes, osea días laborales, no todos los días incluyendo fines de semana verdad
Es por que mi hija nació el día 24 de agosto,¿yo tendría que incorporarme el día 4 de octubre verdad?
Si alguien pudiera ayudarme se lo agradecería
Muchas gracias de antemano
13/09/2017 10:11
santra
Hola. Tengo una duda con respecto a todos los comentarios que hacéis. ¿Por qué decís que el permiso de paternidad son 13 días, cuando en la web de la Seg. Social dice que es de 4 semanas ininterrumpidas?
Gracias.
13/09/2017 10:54
mirem
Pues porque los comentarios que estás leyendo son de 2014 en que el permiso de paternidad era de 13 días.
Las 4 semanas de paternidad se han establecido este año 2017.
13/09/2017 19:31
Valencia09
Y son días naturales ¿no? Es decir, contando también sábados y domingos.
14/09/2017 11:12
santra
Correcto, corresponden 4 semanas completas desde el día de la solicitud. Cuentan todos los días.