¿ Deberá incoarse procedimiento de restauración de la legalidad, como cualquier infracción urbanística ?
¿ Vía penal ?, no, ese procedimiento está previsto para las actuaciones contra la ordenación del territorio, básicamente construcciones en suelo no urbanizable protegido.
Gracias, y perdona Alga que te moleste tanto.
Que es manifiestamente ilegal está claro. Pero ¿se trata de una infracción penal o administrativa?. Si es penal, ¿dónde podría tipificarse?.
Alga, la construcción ha sido en suelo urbano. El permiso concedido era para hacer cuatro pisos y local comercial y, no te sorprendas, se construyó una nave industrial en pleno suelo urbano, sin los cuatro pisos.
Gracias Alga. No, no deduzco que la licencia deber ser aprobada por el Pleno, es que ha ocurrido aquí. Por eso preguntaba que si necesitaba ser aprobada por el Pleno. Y si no se necesita, ¿ por qué la llevan a Pleno?.
¿ De donde deduces que una licencia de obras debe ser aprobada por el pleno ?
Las licencias son concedidas por el alcalde y sin licencia no se puede iniciar una construcción.
Construir sin licencia supone cometer una infracción que puede conllevar sanción económica, si esa construcción no es conforme con el planeamiento urbanístico, el ayuntamiento deberá incoar expediente de restauración de la legalidad con obligación de demolición.
Todo ello está recogido en la ley urbanística de tu CCAA.
¿Se puede comenzar una obra sin haber sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento?. Y si la construcción del edificio o la nave se ve en un Pleno Municipal un mes después de comenzada la obra y la votación sale en contra?, es decir, no se autoriza, ¿Qué pasa entonces con lo que ya está hecho?. ¿En qué ley se regula la obligatoriedad de ser aprobada por el Pleno la licencia de obras?