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Permanencia

1 Comentarios
 
Permanencia
26/12/2003 12:45
Hola a todos.

LLevo un tiempo trabajando para una importante empresa de informática. Cuando entré firmé un pacto de permanencia. Lo que sucede es que me han ofrecido un nuevo empleo mejor remunerado y quisiera presentarles mi renuncia. ¿Puedo o estoy obligado a seguir trabajando con ellos? Si me voy, ¿qué consecuencias puede accarrearme?

Gracias y feliz navidad a todos.
26/12/2003 12:57
Hola Paco.

Ante todo decirte que no estás obligado a seguir trabajando con ellos; eres libre para rescindir la relación laboral que os une cuando quieras. Otra cosa son las consecuencias que produzca tu incumplimiento del pacto de permanencia.

El pacto de permanencia está regulado en el artículo 21.4 del Estatuto de los Trabajadores. Lo primero que hay que tener en cuenta es la fecha en la que pactasteis la permanencia, pues este pacto no puede ser de duración superior a los 2 años.

Aunque omites este dato, supongo que el pacto de permanencia se debió al hecho de que la empresa te hubiese costeado la especialización profesional necesaria para realizar ese trabajo específico.

Si decides rescindir el contrato de trabajo antes de la finalización del período (el señalado en el pacto que firmasteis y, en su defecto, 2 años), el empresario tendrá derecho a exigirte una indemnización de daños y perjuicios, indemnización que tendrá en cuenta el coste de la especialización que recibiste a cargo de la empresa, el tiempo que falte hasta la terminación del plazo y los perjuicios causados al proyecto empresarial.

Podeis llegar a un acuerdo para fijar la cuantía de la indemnización, pero si no es posible alcanzarlo será el Juez quien deba fijar la cantidad.

Para más información puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com

Saludos