Sobre los importes que estipulan las empresas de telefonía móvil, referente a la permanencia, creo que hay jurisprudencia al respecto que determina que no te pueden imponer ninguna sanción si decides marcharte, asimismo que estos compromisos no pueden ser por un compromiso mediante la grabación que te hacen, que se requiere una firma contractual. Algún compañero me podría asegurar esto o ampliar la información?
Gracias de antemano. Un saludo
En realidad no te imponen una sanción sino que la "PACTAN" contigo, ya que nace de un contrato privado que aceptas y perfeccionas voluntariamente. Que es legal porque no hay desigualdad en las prestaciones, ellos te ofrecen un producto más barato a cambio de que seas cliente suyo durante X tiempo.
Hay muchas formas de manifestar tu voluntad y los contratos por vía telefónica son plenamente válidos, igual que estampar tu firma en un papel.
La sanción/clausula penal, el contrato verbal telefónico y la permanencia son legales y válidos.
Si el contrato es veraz o no, lo sabes tú mejor que nadie.
Pero, ¿has usado el móvil, te han pasado factura, la has pagado? ¿Cómo vas a explicarle a un juez que no es 'veraz' un contrato de permanencia que has estado 'usando' durante, pongamos, cuatro meses? ¿Cómo supo la compañía telefónica datos personales como tu número de cuenta corriente?
Hola Oscar
Sí, eso está claro, hay un contrato de servicio, pero mi pregunta es, si al querer rescindir esa relación, si estás obligado a pagar esa penalización que te han impuesto y si había jurisprudencia que lo avale, ya que creo que hay una nueva regulación que determina que se requiere, a parte de la grabación de voz, la firma del contrato que corresponda.
Agradezco tu aportación. Un saludo
Además, para más señas, ha de ser de acuerdo con la normativa de protección y defensa de los consumidores y usuarios, y por la ley de condiciones generales de contratación. Vía clausula abusiva, ya que es un contrato de adhesión.
Pero el hecho de que no haya firmado un contrato escrito no creo que sea relevante.
Yo le echaría un vistazo a la legislación que te he dicho antes, y de paso investigaba sobre el tema en las páginas de organizaciones de los consumidores, tipo FACUA, que seguro hay algo...