Hola. Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que viva, es posible que se inscriban como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto y en tal virtud, su novia se vea cobijada por el régimen comunitario.
Hasta tanto, pueden tramitar, si es su voluntad la de contraer matrimonio, el correspondiente expediente previo matrimonial ante el Juez Encargado del Registro Civil.
En general, cualquier extranjero extracomunitario que se encuentra en España en situación de estancia (es decir, ha ingresado solo como turista), puede permanecer hasta 90 días, prorrogables por otros 90, siempre que se acredite motivo legítimo de permanencia, medios económicos para sufragar sus gastos, billete de vuelta cerrado con fecha anterior a la caducidad de la prórroga y el pago de la tasa.
Hola. Tengo una novia marroquí y quiero y convivir con ella en España hasta que nos decidamos a casarnos. Mi pregunta es: cuánto tiempo puede permanecer en España? Qué fórmula es ideal para que pueda vivir en España de forma legal hasta que nos casemos?
Gracias.