MIra Rodo, si el mismo fiscal o el juez se huele que estás minitiendo te abren diigencias por falsi testimonio en le mimso actod el juicio, no porque mientas tega que ocurrir, pero puede que se den cuenta, o crean que mientes,
El tema es que el caso al que yo me refiero no se ha retractado nadie, simplemente el juez ha considerado que al haber mentido en las previas no es perjurio. El juicio por la denuncia que se presento y por el cual ellos testificaron y mintieron todavia no se ha celebrado.
Como miriam dice, el 433 Lecr establece que en toda declaración se harán las advertencias legales, y que el testigo debe decir la verdad.
Si no lo hace, estará cometiendo un delito de falso testimonio (lo del perjurio es muy americano) previsto en los artículos 458 y ss. del Código Penal.
Lo que ocurre es que el art. 462 del Código penal establece lo siguiente:
"Quedará exento de pena el que, habiendo prestado un falso testimonio en causa criminal, se retracte en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate. Si a consecuencia del falso testimonio, se hubiese producido la privación de libertad, se impondrán las penas correspondientes inferiores en grado."
Es decir, que si se retracta ANTES de que dicte Sentencia no se le va a condenar, a menos que el falso testimonio prestado en las declaraciones previas haya motivado el ingreso en prisión del imputado.
Yo siempre que he hecho alguna declaración a un testigo, le he hecho prometer o jurar decir verdad y le he advertido que la ley castiga el falso testimonio y asi lo que hecho constar en la declaración. Tambien he visto que lo hacian asi con los testigos en los juicios.
Nunca he tenido el caso de que alguien denunciara a un testigo por perjurio o que se averiguara que el testigo habia mentido.
Yo conozco un caso en el que se presento una demanda por haber mentido en las declaraciones previas y el juez dicto que solo se comente perjurio en el acto del juicio.
Si la ley dice eso en su articulo 433 no entiendo lo que paso en el caso que te comento.
Aunque no sea en el juicio, siempre que se declara ante el juez como testigo se le advertirá de las penas y sanciones que la ley prevee para los delitos de falso testimonio.
Art. 433 de la Ley de Enjuiciamiento criminal:
... Los testigos mayores de edad penal prestarán juramento o promesa de decir todo lo que supieren respecto a lo que les fuere preguntado, estando el juez obligado a informarles, en un lenguaje claro y comprensible, de la obligación que tienen de ser veraces y de la posibilidad de incurrir en un delito de falso testimonio en causa criminal.
Esto es lo que dice la ley, ahora es su criterio el decir o no la verdad...
Mi caso es el siguiente. El Juez me ha citado a declarar por una denuncia que se ha presentado contra mi jefe. Son las declaraciones previas al juicio. Mi jefe me insunua lo ue tengo que decir. Mi pregunta es ¿Si miento y no es en el acto del juicio se consider perjurio o no?