Hola a todos, desde setiembre, en un asunto contencioso/administrativo, el perito de la parte recurrente, que se opone a un decreto de derribo de la alcaldia, se encuentra enfermo desde setiembre y no es posible practicar la prueba en las vistas.
(ni de la recurrente, ni de la demandada -el Ajuntamiento- ni la codemandada -yo-)
El 22.09 se suspendio la vista poraue el perito tenia hora por una TAC (alegando una emai de una enfermera que informava el perito).
El 11.11 se suspendio otra vez sin ni siquiera haber alegado nada. Se ha requerido la recurrente para la vista del 10.02.2015 en caso contrario se habria sancionado el perito.
Ahora la recurrente aporta una documental relativa al historial (que no incluye el 22.09) y resulta que el perito padece sintomas de cancer y està ingresado, incluso la recurrente alega que no saben cuando podrà acudir a las vistas.
Que la recurrente tenga el derecho de la practica de la prueba no deberia permitir aunque justificada una dilacion de meses. El problema es que no he encontrado ni doctrina ni jurisprudenia que nos permita de rechazar la 3era suspension y ir a sentencia.
Agradeceria algun companero/a que disponga de sentencias TS o TSJC catalan o doctrina que no permita resolver este asunto.