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Periodos superpuestos

1 Comentarios
 
26/03/2023 12:54
maria1154
Hola. El problema es el sistema informático de la Tesorería. No se puede cambiar.
No hay problema en que si te despidiesen de una empresa podríaas cobrar el desempleo siempre que sumando las dos jornadas trabajadas no se supere la jornada completa.
Además en caso de la jubilación, el INSS lo computa correctamente sumando las cotizaciones de ambas empresas, si bien para el cálculo de los años cotizados, sólo cuenta un tiempo pero a jornada completa aunque la suma de ambas jornadas no alcanzase la jornada completa.
Por ejemplo, si, al mismo tiempo trabajo en una empresa 20 horas semanales y en otra empresa sólo trabajo 10 horas semanales, el INSS, para el cálculo de los años cotizados, me computa como si trabajase en una sola empresa a tiempo completo.
Saludos
Periodos superpuestos
20/03/2023 07:39
Hola buenos días, quisiera saber porque se computa en la vida laboral como periodos superpuestos el estar cobrando desempleo de trabajo de media jornada y a la vez estar trabajando media jornada en una empresa. Yo no considero que haya estado pluriempleada para considerarlo periodos superpuestos, ya que solo estoy trabajando para un empresario, lo otro es mi derecho a cobrar desempleo para así aumentar mis ingresos mensuales.
Gracias