Pido aclaración del siguiente caso :
Una persona que está cobrando el desempleo , empieza a trabajar con una empresa , y se da cuenta que las expectativas de este puesto de trabajo no son las que el esperaba. En resumidas cuentas "no le gusta".
La pregunta es la siguiente :
¿Puede romper la relación laboral en el periodo de prueba , y retornar a ser desempleado y seguir por tanto cobrando el paro?.
Yo entiendo que si, ya que el concepto de periodo de prueba sería un tiempo entre empresario-empleado vean cumplidas sus expectativas.
Estoy de acuerdo con Nando_bcn y con j.j. rubiño ya que despues del decretazo y la aplicación de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre el tema no ha variado en cuanto al cese voluntario, otra cosa sería que fuese a instancias del empresario.
El tema ha quedado así:
" Se considerará en situación legal de desempleo los trabajadores que vean extinguida su relación laboral por cese en el período de prueba a instancias del empresario, con independencia de que dicho periodo de prueba se hubiese pactado o no, en el contrato de trabajo, o aunque el cese se produzca en fecha posterior al período de prueba pactado, siempre que la extinción de la relación laboral anterior fuese situación legal de desempleo o hubiese transcurrido un plazo de 3 meses desde la extinción, y sin perjuicio de que el trabajador pueda impugnar el cese como despido".
Totalmente de acuerdo con todos los "monstruos", tendria que darse el caso de que el cese del trabajador por no "superación del periodo de prueba", tendria que ser a instancia "exclusiva" del empleador.
Totalmente de acuerdo con lo manifestado por Nando bcn y demás foristas. Para estar en situación legal de desempleo se tiene que perder el trabajo "contra la voluntad del trabajador."