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Pérgola en terrado y denuncia

3 Comentarios
 
27/09/2013 17:59
Me parece entender que se inicia un nuevo expediente porque el problema de la pérgola es que excede la altura permitida.
27/09/2013 17:35
Supongo que debería acercarme a la sede del distrito y hablar con el técnico, pero si él mismo ha determinado que es una construcción, será difícil convencerlo de lo contrario.
Resulta extraño que haya sido en 2a inspección, entiendo que el denunciante debe haber reclamado nuevamente.
Como la carta (no certificada) la he recibido 5 meses más tarde, puedo alegar algo? Me espero que se cumplan ) meses de la misma y alego que ha caducado el expediente?
No se qué es lo más conveniente.
Gracias
27/09/2013 16:45
Saludos,
contestando a sus preguntas, decirle que es cuestión de interpretación que se le de a la norma, yo he llevado asuntos en Barcelona en los que el Ayuntamiento ha sostenido que un cerramiento total de madera no es una construcción y no es ilegal porque es desmontable; la prescripción dependerá de si se ha interrumpido la misma o no, asi como de la calificación de la infracción.

Cualquier comentario, no dude en contactarme

Att
priore@icab.es
Pérgola en terrado y denuncia
27/09/2013 09:11
Hola, dispongo de un piso en la última planta de un edificio de viviendas en Barcelona, y escriturado está el usufructo del terrado transitable que tengo sobre mí, al igual que las otras viviendas de la misma última planta, accediendo desde la escalera comunitaria.
En febrero de 2011 tramité en el Ayuntamiento un comunicado de obras para pequeñas reformas.
En Septiembre de 2011 delimitamos con valla nuestro espacio, instalamos tarima flotante y una pérgola que cubre parcialmente un espacio, todo en madera, sin obras y únicamente fijado a elementos existentes verticales para no afectar suelo. Queda parcialmente visible desde el interior de manzana privado y compartido con otros edificios.
Previamente lo comuniqué a la comunidad de mi edificio a través del administrador de fincas, presentando un dibujo y explicándolo por escrito.
A finales de septiembre de 2013, he recogido del buzón una carta del ayuntamiento (que debió estar ‘durmiendo’ en un buzón fantasma durante meses hasta llegar al mío), fechada el 04/2013, que indica “ En 02/2011 se admite el comunicado de obras, en 08/2012 y a raíz de denuncia, se realiza inspección i se abre expediente, el cual se archiva por no haber indicio de obra. En segunda inspección de 04/2013 se comprueba construcción de volumen en terrado por encima de altura máxima y es ilegal” y se hace necesario “Restituir la legalidad urbanística desmontando el volumen contruido…”.
Desearía confirmar si una pérgola de madera techada supone una construcción o bien es una instalación, si se trata de una infracción grave, moderada o leve, si ha prescrito (2 años?), si debo darme por informado cuando la carta no es certificada y me llega 5 meses tarde, y en definitiva, que puedo hacer, alegar o en última instancia corregir.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.