Hola a todos,
¿Es cierto que, si en la escritura de compraventa de una casa se acuerda el plazo aplazado del precio de la misma, el contrato no se entenderá perfeccionado hasta su cobro? Yo entiendo que a efectos tributarios, la transmisión se entiende efectuada en el momento de la escrituración, independientemente de si se ha efectuado el cobro o no.
Un saludo.
Cierto; el momento de la transmisión será el de escrituración, independientemente de que la tributación de la ganancia patrimonial puesta de manifiesto en IRPF se acoja o no al criterio especial de operación a plazos o con precio aplazado,