La empresa B tan solo tiene que declarar el % de participación sobre A en el Imp. Soc., por lo demás, nada de nada.
Otra cosa es que su participación en A se haya "depreciado" respecto al valor de compra, en tal caso debe dotar una provisión, lo que afectará al su resultado final.
Mi consulta es la siguiente. Tengo una s.L. (Llamemosle a) formada por dos socios. Uno es una persona fisica y el otro es juridica, otra s.L. (Llamemosle b).
La empresa a ha dado este ejercicio perdidas. Mi pregunta es la siguiente. Como afecta esto a la empresa b? es decir tiene que declararlo en su contabilidad? en algun impuesto?
gracias