Buenas tardes,
dicha pérdida de 9000 € deberá tributar como una pérdida patrimonial en el Impuesto de la Renta de la Personas Físicas (IRPF).
Esperamos haber resuelto su duda, y si necesita una consulta más detallada y pormenorizada, no dude en contactar con nosotros en:
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Buenos días a todos los foreros. He vendido en 2014 una plaza de garaje que me costó 14.000 euros por 5.000 euros. He tenido una perdida de 9.000 euros pero no sé si puedo disminuir mi base imponible de renta del trabajo o qué es lo que tengo que hacer con la perdida de 9.000 euros, si meterla en la declaración del IRPF 2015 o no tengo derecho. Porque lo que está claro es que si hubiera sido ganancia tendría que tributar este año. Muchas gracias