Lo que usted está planteando no tiene nada que ver con el usufructo, sino con el uso asignado.
La mujer usará la vivienda de la playa y puede por supuesto cambiar la cerradura (hubo que hacerlo porque se estropeó).
El marido podrá hacer lo mismo con la vivienda conyugal y cada uno de ellos no puede disfrutar de la otra vivienda, hasta nueva resolución judicial.
Ninguno de los dos pierde el coeficiente de propiedad que tiene en cada vivienda.
Aquí solo se está asignando usos.
hola buenas miren tengo la siguiente duda su mujuer y su marido tiene dos pisos uno el domicilio conyugal y una seguda vivienda en la playa y el juez en la sentencia le da la vivienda conyugal a su marido y la de la playa a su mujer si el juez en sentencia le da la segunda vivienda a a su mujer el marido pierde el derecho de disfrutar de esa vivienda es correcto o no por cambiar las cerraduras para que no pueda disfrutar de la vivienda de la playa espero que este bien argumentado y donde puede venir algo en la ley sobre esto espero contestacion gracias