Buenas tardes,
Recibí un “Requerimiento” porque habían detectado incidencias en la declaración con la que iniciaron un procedimiento de verificación de datos. Presenté la documentación requerida y después he recibido una “Notificación del trámite de alegaciones y propuesta de liquidación provisional”. En ella dicen que consideran que no he residido en la vivienda por la que me deduzco como vivienda habitual porque el gasto eléctrico es bajo, y me envían una nueva declaración en la que desaparece la deducción por adquisición de vivienda habitual.
¿Qué podría alegar ahora para demostrar que sí resido allí? Puedo presentar la documentación que quiera. Por otro lado ¿la aceptación de su nueva declaración significa que revisarán automáticamente también las declaraciones anteriores?
Si la declaración revisada es del 2012 ¿pueden continuar revisando con el mismo argumento declaraciones anteriores? Y si es así ¿hasta la declaración de que año pueden revisar? Creo que la fecha a partir de la cual prescribe una declaración es el 30 de Junio de cuatro años después de presentarla, no el 31 de Diciembre ¿es esto cierto? De ser así podrían revisarme las de los años 2009, 2010 y 2011 ¿esto es correcto? porque la del 2008 ya habría prescrito el 30 de Junio del 2013 ya que estamos en Noviembre ¿es así?
Quería saber también si sería conveniente que presente declaraciones paralelas de las declaraciones anteriores sin que me las exijan, quitándoles la deducción por vivienda. ¿Esto serviría para evitar que además hacienda me ponga una sanción o multa? Tengo entendido que lo que tendría que pagar seria la diferencia entre lo declarado en su momento con deducción por vivienda y lo de ahora sin esa deducción más los intereses de demora. ¿es así o no? ¿cuánto serían estos intereses?
Espero que alguien pueda ayudarme y despejar dudas porque solo me quedan cinco días para alegar. Gracias a todos.