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pensiones sovi

1 Comentarios
 
23/12/2005 22:27
Hola Trinidad. Con esa amabilidad que Vd. lo pide, ¿como no le vamos a informar? Todo lo que podamos.

En primer término, debería llegarse personalmente ante una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social y plantear el asunto con vistas informativas y en su caso, de solicitud si cumple con los requisitos. Ellos deben tener los datos de su "vida laboral" y podrán darle la información de que dispongan al respecto.

Por otro lado y para su conocimiento le comento, que la denominación o dicción “días-couta” puede conceptuarse como “la forma de computar las cotizaciones” a la Seguridad Social a efectos del PERIODO DE CARENCIA (o cotizaciones mínimas y necesarias para lograr una prestación) por medio del órgano que tiene atribuida las competencias en las prestaciones, es decir, el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Su creación y aplicación, fue una consecuencia “jurisprudencial” y la misma tuvo su origen en la Sentencia del Tribunal Supremo (Recurso en interés de Ley, RJ 1974, 3021) de fecha 10/6/1974, para el Régimen General.

Posteriormente este tratamiento ha sido extendido a otros colectivos, agrarios, autónomos e incluso con restricciones, a las empleadas del hogar. En la misma se estableció, que a efectos del periodo de carencia, de las prestaciones (jubilación, incapacidad temporal, etc.), la entidad gestora debía realizar el cómputo de las cotizaciones necesarias, no solo, por los días naturales cotizados, sino que debían incluirse y sumarse también, las partes proporcionales de las pagas extras, integrados en los mismos.

Por otro lado, no dice Vd. en qué régimen cotizó y si la cotización fue contínua o no. Pero por otro lado, insisto en que plantee la consulta ante el órgano arriba indicado, al objeto de saber qué datos disponen de Vd.

Que le vaya muy bien y tenga Vd. también, Felices Navidades.
Pensiones sovi
23/12/2005 20:19
Vds. serian tan amables de informar sobre la pension del sovi resulta que cotice desde octubre del año 62 hasta mas del 67 pero no llego a los 1800 dias ahora me han dicho que segun las pagas hay unos dias cuota que se añaden hasta hacer los 1800 dias sería posible obtener la pension así. Muchas gracias por su amabilidad y Felices Navidades.