Gracias, mi incapacidad es del 2016, ya tengo la reclamación puesta veremos por donde salen ahora, me baso, en la complementos de mínimos como reconoce nuestro Tribunal Supremo en sus Sentencias, ya que según nuestro más alto Tribunal los complementos deben de garantizar al beneficiario de la pensión unos ingresos suficientes, por los debajo de cuales se podría estar en situación legal de pobreza y no distinguen entre enfermedad común y accidente no laboral dentro del mismo grupo de incapacidades...animo a todos que les suceda, a poner la reclamación, GRACIAS
Buenad tardes mirando la pagina de mi SS veo k me aparece los 495 pero yo aun no lo he cobrado hasta ultimo mes cobre los 417 y tb veo una nomina alli de 390 de complementos que tampoco se me ha abonado ya que sacando cuenta seria la totalidad de los 5 meses de este año k he cobrado los 417 no se si al reflejarse ya en mi pagina significa que en junio se me abone asi ya.
Hola juande ami en mi pagina ss me aparece la pension subida pero aun no la he cobrado asi y me aparece otro apartado de 390 de complementos a minimos que tampoco he cobrado te refieres a eso.
hola. gracias Expertolaboral por las explicaciones y tu tiempo.
Mi caso por ejemplo , yo cobraba de pensión ipt menores de 60 años unos 430 euros y ahora paso a los 499,40 , si yo ahora pido la ipt cualificada para pasar del 55 al 75% de la base reguladora , supongo cogen la bs reguladora inicial mas re valoraciones y aquí esta mi duda los casi 70 euros de complemento a mínimos que me han subido , también cuentan como revalorizacion ? osea la cuenta serian los 900 eu (SMI) que es de donde salen los 499,40 no? siendo así supongo seria 900 -75% para la cualificada ,no se si es valido esto o no.
Uff me hago un lió con esto .
saludos
Hola. En primer lugar este año 2019 ha sido un desastre organizativo del INSS respecto a las pensiones mínimas por incpacidad permanente total de persona menores de 60 años., cuya incapacidad haya sido reconocida con posterioridad al año 2008 ( fecha en que cambió la ley).No se aplica por tanto a las pensiones reconocidas con anterioridad a dicha ley.
La pensión mínima para esas personas en 2019, depende si no están casados debe ascender a 499,40 euros mensuales y si están casados sin cónyuge a cargo son 495 €( 55 % de la base mínima del salario mínimo interprofesiona sin contar las pagas extras , esto es, 900 €).
Al principio la normativa salió mal publicada, siendo rectificada posteriormente.
Después vino el caos organizativo del INSS, que todavía hoy no está resuelto en todos los casos. Por ello si todavía no se cobran los 499,40 o los 495 €.Hay que ir a reclamar.
ANJODAR: soi tu pensión ha sido reconocida después del año 2008, ve sl INSS a reclamar. La ley no distingue entre la incapacidad permanente total derivada de accidnete no laboral de la dereivada de enfermedad común.
Por último para la pensión cualificada, primero hay que saber la base reguladora de la incapacidad incial.A esa base reguladora se aplica el incremento del 20 % ( tras solicitarlo al INSS al cumplir los 55 años)o sea en total se aplica el 75 % a la base reguladora. A esa pensión hay que sumar todas las revalorizaciones anuales que haya habido desde el año del reconocimiento de la incapacidad. Si la cuantía resultante es inferior a la pensión mínima garantizada ( después del 2008)se tiene que cobrar la pensión mínima .En cambio si es superior, se cobra la que resulte.
Por último los que cobran la pensión mínima, al cumplir los 60 años deben pasar a cobrar otra pensión mínima. Disculparme la extensión
Saludos
hola,
Si eso el mes pasado ya a muchos se nos abono (a unos automáticamente a otros como yo tras solicitarlo , no entiendo porque esa diferenciación ,alguien lo sabe ?) , en la web tu seguridad social figuraba como complemento a mínimos asta los 499,40 .
Lo que no se es si a los que les hacen la subida automáticamente también les pone como complemento a mínimos??
Buenos días a todos/as,
Ayer el INSS modificó el importe de la pensión para IPT menores de 60 años (se puede ver en Tarjeta Social Universal, dentro de Sede Electrónica) y hoy en notificaciones electrónicas hay una notificación donde informan sobre el cambio del importe a percibir de forma habitual.
El Inss de oficio a regularizado el importe de la pensión y procederá al abono, entiendo yo, a finales de mes.
Saludos
hola,
Si Juande 15 , en mayo se me regularizo todo , gracias, me alegro que a ti también , lo que no entiendo que a unos les fuera tramitada la subida automáticamente y a otros la tuvimos que solicitar , alguien lo sabe ?
Desde hace unos días ya me aparece la subida a los 499,40 y hoy ya me aparecen los atrasos hasta el mes de Mayo, 390 euros.
Han tardado pero....ya me quedo más tranquilo, imagino que a todos se le habrá solucionado éste mes.
hola,
Entiendo que el tema es reciente , no se si alguien lo tiene claro este tema de la incapacidad permanente total cualificada , si al solicitarla al tener complemento a mínimos (499,40) se calcula por esa cantidad la base reguladora (unos 900 euros) o se hace con la anterior base reguladora (la que dio origen a la pensión) sin complementos?
gracias.
Si , como dice Anjodar hay varias reglas de medir y la problemática es la misma en estos casos., es justo que se recurra y se regularice en igualdad.
suerte y un abrazo
Bueno comentar que a todos no nos corresponde las subida de la pensión mininas, como comento el gobierno, FALSO, ayer me vino denegada porque tengo una INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, pero por accidente no laboral, me quedo una pensión de 370 euros mensuales, evidentemente yo no tengo problemas económicos según ellos como el que tenga una por enfermedad común, mucha desigualdad, hoy fui a la Seguridad Social a que me lo explicaran, y ni lo sabían, salio a ver la carta el mismo jefe de la oficina y se quedo sorprendido por la discriminación por ese decreto, el mismo me animo a que conteste con un recurso de alzada, el comunicarlo por este medio es para el que tenga la misma denegación, que también reclame POR FAVOR, no servirá de nada pero protestamos, tenemos los mismo problemas para encontrar empleo y para vivir.GRACIAS
hola,
Me surge una duda , si ahora se tiene derecho a la incapacidad permanente total cualificada osea 20% mas de la pensión , como se hace el calculo por ejemplo en pensión que se a complementado a mínimos a 499,40 ? se coge la base reguladora anterior o la de los 499,40?.
saludos.
Yo hoy he vuelto a ir al INSS, me ha atendido otro funcionario, tenía en la mesa las nuevas pensiones del 2019, y ese funcionario si me ha tramitado una reclamación para cobrar la nueva cantidad, 499,40.
Ya éste mes no la voy a cobrar, espero que de el mes que viene no pase ya que me ha dejado bien claro que es lo que debo cobrar.
hola,
En respuesta a M666aa mi ipt es posterior al 2008 , yo vi o ley un documento que le mandaron en respuesta a un sr y le respondía la seguridad que cobraran las ipt a partir de 2008 y si tiene alguna duda que pase por oficinas.
No se que pensar porque por ejemplo por tf 2 veces me dijeron que la subida era de oficio y luego no a sido así .
Me imagino que si lo preguntas es que es tu caso si es yo iría a la ss y lo preguntaría de primera mano y de paso porque es a partir de esa fecha (2008) ¿?
suerte y un saludo
hola,
Mas información , hoy en la web de la ss ya me viene subida como complemento a mínimos , total 499,40 , no pone nada en cuestión de atrasos pero imagino lo aplicaran directamente el día 25 ,como dato eso si 10 días después de haber cumplimentado el formulario en la seguridad social .
saludos.
Osea, que antes no cobrabas el mínimo, cobrabas lo que viene a ser tu pensión y has solicitado la subida, en mi caso ya tengo concedido el complemento a mínimos, lo que me falta es la subida de éste año, vamos...que me toca esperar.