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Pensiones de jubilación

1 Comentarios
 
04/10/2005 14:30
Hola.

Si ha cotizado en los dos regimenes y reune en cada uno de ellos las condiciones para ser pensionista, percibira dos pensiones, una por cada regimen. Lo que no puede suceder nunca, es que la suma de las dos pensiones supere el total de una maxima, que seria ahasta el maximo que le pagarian.

Saludos.
Pensiones de jubilación
perfil MS
04/10/2005 14:25
Necesito saber si una persona que ha cotizado unos años al régimen general, que luego se da de alta en autónomos y que en el último tramo de su vida laboral está dada de alta tanto en autónomos como en régimen general, tiene derecho a dos pensiones de jubilación, una por régimen general y otra por autónomos.

El tema es que en pluriactividad sólo ha estado once años. Aunque sí tiene 15 años cotizados en ambos regímenes por separado.

Lo que no sé es si para tener derecho a esas dos pensiones es necesario que haya estado cotizando a los dos regímens a la vez durante 15 años, es decir, la necesidad o no de que las cotizaciones a ambos regímenes hayan de superponerse durante 15 años.

En la seguridad social me han dado informaciones contradictorias al respecto.

Muchas gracias.