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Pensiones compensatoria y de alimentos

7 Comentarios
 
19/09/2018 13:00
Arcade
Siempre es más sencillo todo de mutuo acuerdo, pero eso es cuando es posible porque ambos son sensatos o tienen claro ambos los derechos/obligaciones de cada uno y prefieren evitarlo. En ese caso el juez simplemente validará el acuerdo si es ajustado a derecho, sin entrar mucho, y es más rápido y barato, hasta se puede compartir abogado. Cuando no hay acuerdo o se interpreta de manera distinta los derechos de cada uno, pues solo queda ir al juez, cada uno con su abogado, y decidirá el juez lo que corresponda.
Si tu sueldo se viera reducido a la mitad habría que recalcular la pensión, lo hará el juez si no hay acuerdo, o si queréis hacerlo de mutuo acuerdo podría negociarse, o consultarse las tablas de referencia teniendo en cuenta si se tomaron circunstancias excepcionales. Si no, más o menos serán las que podéis calcular vosotros mismos en pensionesaa.poderjudicial.es
15/09/2018 01:25
paquito xocolatero
Vaya, no puedo decir que me gusta tu respuesta aunque realmente és lo que imaginaba.
Entonces, imagino que que la respuesta és si, pero pregunto:
Debo intentar acordar con mi exmujer, una nueva manutención, o ir a juicio, en caso de no acuerdo???

muchas gracias
14/09/2018 14:03
Ayet
No. Tienes derecho a solicitar una modificación de medidas y en función de los ingresos de ambos se determinará una nueva cantidad (un nuevo convenio, vaya, en el que solo cambiará la cantidad si no se solicita nada más). A partir de ese momento y no antes tendrás que pagar la cantidad que corresponda, que será inferior a la actual, pero seguramente mayor a la mitad. Nunca antes de tener la sentencia, y nunca por un cálculo que hagas tú por tu cuenta.
13/09/2018 22:59
Arcade
Si por cambio de trabajo, mi sueldo se vé reducido a la mitad, tengo derecho a pagar la mitad de la manutención que acordamos en su momento??
En caso afirmativo, que tramites necesitaría y donde debería dirigirme

gracias
24/08/2018 10:35
Arcade
Por añadir un detalle más, la pensión alimenticia para su hijo, la determinará el juez en función de las necesidades de su hijo y de vuestros ingresos, pudiendo incluso ser en especie (alojamiento y alimentación) no en función de lo que su esposa pide.
24/08/2018 10:28
Arcade
La abogada de su esposa puede pedir lo que ella considere oportuno para su esposa. Otra cosa muy distinta es que usted acceda a todas las pretensiones de ella. Y otra muy distinta también es que un juez acceda a conceder todo lo que ella pide.
Y lo de la pensión de alimentos para su hijo, no veo porque se la tenga que dar a su esposa, si su hijo no vive con ella y segundo el es mayor de edad, con lo cual usted puede pedir al juez, abonarla directamente a su hijo.
Pero lo primero que debe hacer es ponerse en contacto con un buen abogado de familia y de SU confianza, para que con toda la información sobre su caso, le indique la mejor manera de de proceder.
24/08/2018 00:08
Arcade
El porque la abogada pide esas pensiones ,, que casi no me dejan nada , es porque en el extracto que le aporto mi mujer en enero y febrero no se porquè no me hicieron retencion y aparecia una nòmina muy abultada. Que alguien me diga si tengo razon o no, porque a mi me parece una injusticia.
Pensiones compensatoria y de alimentos
24/08/2018 00:05
estamos en tràmite de divorcio contencioso.Yo tengo una nòminalìquida de 2267 euros.Mi esposa nunca a trabajado, y llevamos casados 28 años, con un hijo de 20 años, que està estudiando, que viviendo a 5 minutos de la Universidad, voluntariamente se ha ido a un piso de esudiantes a 20 KM.,estando yo disponible para llevarle, traerle, etc...La abogada de mi mujer pide una pensiòn compensatoria para mi esposa de 1500 euros, y alimenticia para mi hijo de 650 euro.En el piso estàn 5 y mi hijo paga de alquiler 269 eur, mas su parte de agua, gas , electricidad.. Mi mujer cobra un alquiler de 450 euro, y ademas cobramos de rentas de capital 2600 euros al mes(aunque se cobra anualmente), de tal forma que en la liquidaciòn de gananciales , al quedarse con el 50% de capital,si mantien al inversion que es a largo plazo 2023al 2026, y cantidad fija, ,contaria con unos ingresos de 1300 euros. De tal forma que sus ingresos serian de 4501300=1750 euros.
No me parece justo ademàs tenerle que pasar pensiòn y menso de ese calibre , en todo caso algo simbòlico. Salvo que por circunstancias extrañas bajaran sus ingresos.A pesar de estar en gananciales, mi esposa no ha participado para nada en la formaciòn del patrimonio, eso si se ha encargado de las labores domèsticas.Por otro lado , porque le tengo que pasar pension a mi hijo si se ha ido de casa voluntariamente. en casa vivia a cuerpo de rey, estando excelentemente atendido por sus padres, dehecho ahora en vacaciones està conmigo en casa.Ademàs ¿porquè solo yo tengo que pagar pensiòn del hijo,?¿No tiene que aportar la madre el 50% de la pension , al contar con ingresos? Yo si vive conmigo , por supuesto que pago al 50% , gastos de estudios, vestido, toda la alimentaciòn. pero lo tro lo considero de lo mas injusto