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pension

12 Comentarios
 
Pension
20/06/2011 16:39
hola, una pregunta rapida, una señora, casada 38 años y despues pareja de hecho, con otra pareja, cobrara paga de viudedad de las 2 parejas? es necesario convivir un tiempo minimo con la segunda? gracias
21/06/2011 08:45
No sabía que se podía cobrar la pensión de viudedad y ser pareja de hechos,creí que si te casabas o pareja de hechos se perdía la pensión de viudedad...
Me gustaría tener respuesta de ello,por supuesto que antes a deni y de rebote a mí,estádoles muy agradecida por ello.
Un saludo.
MAG
21/06/2011 15:58
respuesta rapida: son incompatibles 2 pensiones de viudedad, hay que optar

Lectura de verano:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Muerteysupervivencia/RegimenGeneral/Viudedad/CompatibilidadesInc28496/index.htm
21/06/2011 20:32
¡Qué entretenido está el foro hoy!
Una/o se va casando, va envenenando a maridos/esposas y ¡venga a cobrar pensiones de viudedad!
21/06/2011 22:26
No des ideas, no des ideas... bastante peligroso es ya tener una relación por leve que sea con una señora, aunque no te cases, como para que pudieran enviudar y pensionarse acumulativamente, ya no se conformaban con meterte en la cárcel y despojarte de todo en vida que te metían en el hoyo.
Avemariapurisimainviolate.
22/06/2011 00:37
gracias, pues la señora sigue empeñada diciendo que si convive con el segundo 5 años tendra derecho a otra pension....que se lo ha icho su asistenta social... jiji
22/06/2011 01:14
claro, a "otra" y tendrá que optar por ver la de qué muerto recoge, porque ambas es imposible...
Que se lo tramite "su" asistenta social, que sabe mas que el Espe
22/06/2011 01:16
quise decir "sabe mas que Lepe"
http://www.hispanoteca.eu/Foro-preguntas/ARCHIVO-Foro/Saber más que Lepe.htm
22/06/2011 13:26
Con todos mis respetos a esta señora y a la asistenta social , el hecho de inscribirse como pareja de hecho es motivo de extincion . art. 174,4 LEY 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en
materia de Seguridad Social
saludos
27/06/2011 12:23
Hola,bueno pienso que la respuesta de JM30 contesta mi pregunta,que nada tiene que evr con cobrar dos pensiones de viudedad,como dice "deni"...mi pregunta era que si eres viuda y cobras uuna pensión por el consorcio mínima es decir de 245€,si te casas o eres pareja de hechos ,se perdería la única pensión de viudedad que se recibe...? gracias
M.Angeles
27/06/2011 23:35
Mariangeles77
la diferencia entre "viuda" y "casada" es evidente: cuando uno partiendo de viudo se casa, deja de ser viudo.. por lo que parece logico perder los privilegios del viudo y pasar a disfrutar la vida de casado, que es un estado voluntario....
29/06/2011 12:04
Gracias arcilla por su respuesta,pero no me refería a eso exactamente..mi duda es que si pareja de hecho se considera casado,y por lo tanto el perder una viudedad.
También ya de paso preguntar, qué hay que hacer para ser pareja de hechos,y que ventajas y desventajas conyeban.
Gracias
M.Angeles
29/06/2011 13:00
Ay! Mariangeles, ese "conyeban" hace daño a la vista.