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Pension

4 Comentarios
 
Pension
19/07/2004 14:05
Mi problema es el siguiente. Mi madre se acaba de jubiliar ahora mismo. Ha estado tramitando los papeles de la jubilacion y a cotizado 20 años. El problema es que entre medias ha estado 4 años sin cotizar. La quieren dar menos de 300 euros de pensión y ciento y pico por no llegar a la pensión mínima (en el caso de no tener otra renta). ¿Es realmente legal hacer todo eso? La verdad es que la pobre ha estado trabajando toda su vida para esto y da mucha rabia. Muchas gracias por todo.
19/07/2004 16:25
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
19/07/2004 18:13
Hola.

Como supongo que sabes, la pensíón de jubilación se establece en base a tres factores:

a) La edad.
b) Los años cotizados.
c) Lo cotizado o aportado al sistema.

Partiendo de ésto, para tener derecho al 100% de la base reguladora, es preciso tener cotizados 35 o mas años y tener cumplidos 65 años. Esta base reguladora va a tener una cuantía que resulta ser un valor medio de lo aportado en los últimos 15 años.

Tu Madre, lamentablemente, parece que si tiene la edad pensionable, pero no tiene esos treinta y cinco años cotizados, por lo que por cada año de menos que tenga va a perder un 2% de su base reguladora. La Base reguladora, que es el indicador de la cuyantía de la pensión, estará en consonacia con lo cotizado (no puedes pretendr cotizar por 100 y cobrar por 200)

De todos modos, he de recordarte que cuando una pensión no alcanza el mínimo que anualmente se establece, se mejora con lo que se llama el complemento de mínimos para alcanzar esa cifra que el gobierno estima.

Por tanto, y como respuesta final a tu pregunta te diré que desde la distancia y con la exposición que haces, a mi me parece legal. Otra cosa es si es aceptable moral y socialemente que a un jubilado se le condene a vivir con 300 o 350 euros. Pero esa es otra historia.

Saludos
19/07/2004 21:48
Hola!!
Estoy totalmente de acuerdo con ninfa con toda su explicación.

Solo quiero añadir una cosita, para que ella pueda cobra 411.76 que es la pensión mínima para las personas con 65 o más años no debe superar 5.900 € en ingresos (de trabajo, mobiliarios, inmobiliarios...)
Si los supera puedes pasar los locales, negocios, etc..) a tu nombre para que no se lo imputen a ella y asi poder cobra el complemeto hasta alcanzar los 411.76 €
Reciba un cordial saludo
20/07/2004 15:31
Caray, ¿que le ha pasado a mi mensaje.?
¿volvemos a la censura franquista?

Desde aqui, me gustaria que alguien me dijera que es lo que puedo y lo que no puedo decir aqui.
Total en el mensaje solo hablaba de los politicos.
¿habra algun politico leyendo el foro?
¿qui lo sa?

Saludos.