Es correcto porque la ley cambió después de fallecer tu marido, por tanto, se os aplica la anterior ley.
En la actualidad, las mujeres anteriores sólo cobran si tenían reconocida una pensión compensatoria.
Buenos días, me dirijo a ustedes por una duda que tengo.
Les comento, soy viuda desde hace 7 años. Mi marido habia estado casado anteriormente, tan solo tres años, mientras que nuestro matrimonio duro 20.
Al fallecimiento de él, me encontre que su ex mujer cobraba el 23% y yo el 76%. Me parecio normal.
Pero conocidos mios, me comentan que esa Ley ya no es valida, que su ex ya no deberia cobrarla y que yo reclamase su totalidad.
Es eso cierto?, me gustaria me pudiesen ayudar con su información.
Les quedo muy agradecida de antemano.
Un daludo
Jaritina
Buenas Compañeros. Estoy tramitando pensión de viudedad de una persona por la muerte de su pareja de Hecho. No se encontraban inscritos en Registro de Parejas de Hecho. Por ello, la Seguridad Social me pide que presente documento judicial que acredite la convivencia durante dos años.