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pensión sin renovar desde hace 13 años

4 Comentarios
 
Pensión sin renovar desde hace 13 años
18/03/2009 10:51
Desde hace trece años que un hombre y una mujer se separan con separación contenciosa. En ella se fija la cantidad de 180 euros al més en concepto de pensión alimentos de dos hijas.

El ha estado viviendo con su ex (la casa es de la ex) casi ininterrumpidamente para estar cerca de las niñas, pero ahora se ha marchado y necesitamos saber si tiene que actualizar o modificar el tema de las pensiones de alimentos, porque mientras estaba en la casa con sus hijas y su ex mjer, ha puesto mucho más que esta cantidad, la mujer trabaja, tiene un negocio propio y las hijas son mayores, una tiene 19 años y título de Fp, no trabaja porque la madre no quiere que trabajen, la pequeña tiene 17 años y está estudiando un módulo de cocina, ¿cuanto tendría que pasarles de pensión si en la sentencia no consta que se tenga que actualizar con el IPC? comprendo que no es una situación habitual, pero el padre hasta ahora ha aportado dinero en casa y no quiere mantener mucho tiempo la pensión
a dos vagas que no quieren ponerse a trabajar ni han estudiado pudiendolo hacer. Le faltan al respeto y por eso se ha querido marchar de allí, está hundido y tiene que empezar de cero. Gracias por vuestra ayuda espero haber explicado bien todo.
18/03/2009 16:42
Curioso caso
La pension en sentencia imagino figurara en pesetas no?
Nos encontramos pues ante la realidad que el progenitor no custodio mantiende de facto con mucho mas d elo sentenciado y solo ahora, mas de una decada despues de dictarse sentencia, deberia empezar a cumplir siquiera la pension marcada.
Tanto en cuanto la sentencia previera la actualizacion ( IPC etc) es simplemente un calculo matematico que en www.ine.es se le facilitan de manera comoda.
Si como se plantea no esta establecida la actualizacion solo se me ocurre ir a una modificacion de medidas con posibilidades que el juzgado de familia entienda que no corresponde a la realidad la pension actual con los ingresos del progenitor visitante.
En todo caso si la pension es cantidad cierta y no se alude a actualizaciones en la sentencia ( vamos que Su Señoria de "ha lucido") solo estara obligado a pagar la cantidad marcada solo que en euros en vez de en pesetas
Un saludo

NOTA; Una vez mas el acuerdo es preferible al pleito. Que intente acordar algo "razonable"
18/03/2009 16:55
Una vez tuve un asunto acerca de una ejecución de sentencia en la que se pedían actualizaciones del IPC, cuando en la sentencia no se recogía nada acerca de las mismas. Por mucho que yo alegara que las sentencias hay que cumplirlas en sus estrictos términos y que había que estar a la literalidad de la misma, el Juzgado hizo caso omiso y actualizó igualmente, ya que es preceptiva la actualización, se diga en sentencia o no (salvo convenio regulador, claro).

En caso de que reclameis, recordad que sólo podeis hacerlo por los últimos cinco años, aunque la cantidad a reclamar pueda actualizarse desde los últimos 15 años.

Un saludo
18/03/2009 19:28
Muchas gracias a ambos por las respuestas, ahora mi pregunta es la que sigue: ¿Podría contemplarse en esa modificación de medidas que sólo se le siga pasando pensión por la menor de las dos hijas, ya que la otra tiene en el negocio familiar un puesto que le dan que cobra 500 euros por fregar platos etc? sabemos que la madre le permite este trabajo, pero que digamos "no quiere que la niña tenga que trabajar tan joven" (uno de los motivos por los que la pareja está batante en desacuerdo, pòr cierto) . ¿Como habría que plantear la modificación para que SSª la tenga en cuenta muy en serio? es una especie de "jefecilla de panda de macarrillas callejeras, que van arrasando con su
19/03/2009 15:38
...En fín, lo que no terminé de relatar ayer es una de tantas historias de adolescentes...

El padre, ha claborado en todo lo que ha podido, ayudando en cosas que incluso no le correspondía (la casa es propiedad de su ex) aunque por ejemplo, los muebles, los pagó él todos. En fín, eso es el choclate del loro, pero en cuanto a lo que preguntaba, si sería admisible a trámite una modificación de medidas en la que se suprima la pensión por alimentos de la hija mayor, ya sé que habrá que llevarle al juez todo mascado, es decir, pruebas que acrediten que la chica trabaja, pero claro, com es en el negcio de la familia de la madre, seguro que la tienen sin contrato ayudando en la cocina. No sé si aparte del detective que es bastante caro y engorroso (lo digo por el hecho de filmar dentro de la cocina del restaurante) en fín, que si basta con dos testigos de la localidad para todo esto quede prbado, es que la granuja de ella encima dice que no quiere trabajar, que ya trabajan sus padres y que después vivirá de sus hijos y la otra...camino lleva, se queda en el sofá viendo tv por la noche y luego falta a clase.


En fín, que además de sus acertadas observaciones, a ver si me pueden dar más datos y en cuanto a la página de INE a ver como se actualizan estas pensiones, gracias.