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pension orfandad militar

1 Comentarios
 
12/07/2011 13:52
Es una pension de Clases Pasivas, caracter militar.
Se tendria que determinar primero cunado falleció el causante de la pensión (el padre de su tía). Si falleció antes o despues del 1 de enero de 1985.
1- Antes del 1-1-1985. Exsitira derecho a pension de orfandad, los hijos solteros, viudos....esten o no incapacitados siempre que no desarrollen actividad lucrativa (trabajando)
2. Despues del 1-1-1985. Sólo tendrán derecho a pension los menores de 21+2 años, o mayores de dicha edad y sean declarados incapacitados

En caso de que la hermana tenga derecho, se coparticipará la pensión a partes iguales.
RD 670/1987.....

Puede ir a un Habilitado de Clases Pasivas o a la Unidad de Clases Pasivas mas proxima

Saludos
Pension orfandad militar
12/07/2011 10:58
Buenos dias a todos:
Tengo una duda y me gustaria saber su solución.
Mi tia (hija de militar) percibe por ser soltera desde hace 25 años una pensión por orfandad de caracter vitalicio. Ella tiene otras dos hermanas que se casaron, si bien han enviudado hace ya bastante. Pues bien una de ellas considera que le corresponde tb la pensión que mi tia percibe ya que esta viuda (creo que mas o menos hace 10 años), pero es ahora cuando pretende obtenerla. Entonces me gustaria saber si efectivamente tiene derecho y en su caso el porcentaje a repartir y en base a que legislación se establece esta orfandad (porq entiendo que conforme a la actual no tiene cabida) pero para poder asesorar en principio a mi tia, quisiera saber donde puedo obtener la ley y en su caso la legislación que la desarrolle... para echarle un vistazo.

Muchisimas gracias de antemano