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Pensión invalidez por accidente no laboral

5 Comentarios
 
Pensión invalidez por accidente no laboral
04/04/2007 17:51
Hace mes y medio, parado en un semáforo, un coche choco contra el mio por detrás y me produjo un esguince cervical, del que creo me van a quedar secuelas para siempre, la cuestión es que estoy en paro desde hace 2 años porque he tenido que cuidar a un familiar enfermo y en el momento del accidente, ni trabajaba, ni percibía ninguna prestación por desempleo y tampoco sellaba la cartilla del paro.

Mi pregunta es si tengo derecho a una pensión por invalidez, si solo he cotizado durante dos años en diferentes empresas a la Seguridad social y el accidente no es laboral y tampoco estaba en el momento del accidente dado de alta en la seguridad social ya que como dije me encontraba desempleado.

Nota: Mi profesión es la de comercial y estoy continuamente moviéndome en coche por mi trabajo y sufro muchas molestias en el cuello si conduzco durante mucho rato por los movimientos del vehículo, que me afectan al cuello, sin contar con el riesgo de accidente por la medicación, que me deja con pocos reflejos.

De antemano creo que lo tengo muy negro pero espero que alguien me conteste.

Saludos
04/04/2007 18:13
Si dices que Mi profesión es la de comercial y estoy continuamente moviéndome en coche por mi trabajo,
deberías estar de alta, o te refieres a esos dos años cotizados

Para tener derecho a la pensión de incapaidad permanente tendrías que estar afiliado y en alta o situación asimilada, en el momento del accidente, o tener mas tiempo del que tienes cotizado a la Seguridad Social.

04/04/2007 18:36
Sí, cuando digo que mi profesión es la de comercial, me refería a la que ejercía hace dos años.

De todos modos, la aseguradora del vehículo que chocó contra el mio, ¿sería responsable civil subsidiaria en caso del pago de una pensión vitalicia por invalidez? o solo da una indemnización, que dicho sea de paso, no me va a solucionará nada a largo plazo.

NOTA: La aseguradora a admitido que su asegurado fue el culpable del accidente.
04/04/2007 23:39
Hola proiram, como bien te ha excplicado CrisF, no tendrías derecho ha incapacidad por parte de la SS. Sólo te correspondeía si procediese a la indemnización de la compañía de seguros.SALUDOS
05/04/2007 00:22
mor65 ¿sabes si la compañia de seguros indepniza en forma de pensión vitalicia en estos casos, claro está si lo ordena un juez?. Y si tengo que ir a juicio y lo pierdo ¿quien paga las costas yo o mi aseguradora?.

Saludos igualmente mor65
06/04/2007 00:38
proiram, un juez según mi opinión es muy dificil que te otorge pensión vitalicia a cargo de una compañía de seguros, y en cuanto a las costas, si el procedimiento y demanda lo presenta la compañía, éstas irán a cargo de ellos. SALUDOS