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Pensión hijos mayores

9 Comentarios
 
Pensión hijos mayores
13/08/2011 10:13
Mi hijo tiene 23 años y ya finalizó sus estudios universitarios. Actualmente trabaja con contrato de becario (380 €/mes) que le durará máximo seis meses. Por tanto aún no es económicamente independiente.
Un día fué él quien me sacó el tema de que le parecía injusto la cantidad (520 €) que actualmente estaba pasando a su madre en concepto de alimentos por él. Era de la idea de que como mínimo debería reducirse esa pensión.
La pregunta es: ¿es suficiente el acuerdo con mi hijo, ya mayor, para modificar la cuantía de la pensión? ¿O ha de estar de acuerdo tambien la madre? ¿Bastaría reflejarlo en un escrito privado para llevarlo a cabo sin necesidad de meternos en fregados jurídicos? Gracias
perfil Bri
13/08/2011 13:19
Si la pensión alimenticia se estableció judicialmente cuando el hijo era menor de edad, debe irse a una modificación de medidas.

¿El hijo común sigue conviviendo con la madre?
13/08/2011 14:59
Sí, llevo 23 años pasando la pensión y mi hijo aún sigue viviendo con su madre.

Intuyo que aunque el hijo sea mayor su madre aún tiene mucho que decir, que incluso tiene la ley de su mano para seguir cobrando la pensión tal como está.

Si la madre estuviera de acuerdo con una reducción en la cuantía...¿bastaría un documento privado en el que se reflejara su conformidad?
13/08/2011 15:12
Hola:

Alcedo, los documentos privados en estos temas no tienen validez alguna. Tenga en cuenta que esa prestación por alimentos la estableció un juez mediante una sentencia, para que deje de tener efectos legales habrá de ser otro juez quien se pronuncie y lo lleve a cabo. Para ello habrá de interponer demanda de modificación de medidas como le indica Bri.

El principal protagonista en este caso es su ya mayor de edad hijo, pieza clave, estando ambos de acuerdo entiendo que tiene altas probabilidades de ganar la demanda, ya ni le cuento como su hijo se vaya a vivir con usted si así lo deseara y usted aceptara. La madre si figurará en el proceso pero poco tiene que decir en el tema si el hijo está de acuerdo con usted. Las prestaciones son para el hijo no para la madre.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
13/08/2011 15:55
En el supuesto de que se llegara a interponer demanda de modificación d emedidas y sabiendo la enorme tardanza en la resolución de la misma....¿existe la posibilidad de que cautelarmente se redujera la pensión a la cuantía acordada con mi hijo? O en su defecto....¿se aplicaría despues del veredicto del juez con efectos retroactivos la posible nueva cuantía desde la fecha de interposición de demanda?
perfil Bri
13/08/2011 16:34
En la demanda puede usted solicitar que la modificación de la cuantía (a la baja) tenga efectos desde la fecha de interposición de la demanda.

Así, usted, una vez admitida a trámite la demanda de modificación, empieza a ingresar la nueva cantidad. Cuando salga la sentencia, si el juez estima su petición, estupendo; y, en caso contrario, deberá ingresar la diferencia.

Un saludo.
14/08/2011 21:12
Mi hijo desearía ser él quien administrara su pensión.

Entiendo que para destinar esa pensión directamente a él hay que presentar demanda de modificación de medidas ¿no es así?

¿Puede presentar esa demanda mi propio hijo? ¿No sería más efectiva?

Si mi hijo se fuera a trabajar al extranjero supongo que ello sería suficiente motivo para no pasarle la pensión a la madre ¿verdad? ¿Tambien habría que solicitarlo judicialmente?
15/08/2011 06:08
Hola:

Alcedo, entiendo que lo tiene muy fácil dadas las circunstancias y si su pretensión es solamente que ese dinero llegué a su hijo. Su hijo puede abrir una cuenta a su nombre y usted depositar esa prestación en la cuenta de su hijo, a la cual sólo él tiene acceso. Entiendo que no se le podría imputar un delito de abandono de familia, impago de prestaciones por alimentos, las paga, tampoco en la vía civil tendría su ex nada que rascar. Ahí si podría evitar una demanda de modificación de medidas.

Su hijo puede ser actor de la demanda, usted también, pero entiendo que si su objetivo real no es reducir la cuantía de la prestación o su extinción sino impedir que la madre tenga control alguno sobre esa prestación creo que la solución que le aporto es digna de ser tenida en cuenta. Si, por el contrario, desea modificar o extinguir la prestación, sí, necesariamente debe ir a modificación de sentencia.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
15/08/2011 12:57
Bueno pues puestos a dar opiniones, le diré yo la mía.

Un hijo de 23 años, sueldo de becario de 380€/mes, durante 6 meses.
Pensión alimenticia, reconocida en sentencia ( la cantidad de dicha pensión, fue valorada…como son todas las pensiones, por lo que sea podido demostrar que tiene cada progenitor) por tanto ahí esta la cantidad.

Ahora usted, motivado por el hecho de rebajar pensión, por voluntad propia, no por que haya una variación de los ingresos de usted ( piense que los 6 meses de becario de su hijo…pasan…muy rápidos…no es un trabajo, es una ayuda)…
…Y motivado usted, en que dicha pensión disminuida…la utilice su hijo…a como mejor le venga a el…

Mire, si su hijo… es tan independiente…pues nada a vivir solo… si puede vivir con lo que usted le deje de pensión y lo que le corresponda dar a su madre, arreglado al sueldo de ella, que será menos pues ella gana menos que usted. Si su hijo con esa cantidad, puede pagar casa, luz, agua, internet, comida y demás…pues nada a independizarse…Que si uno es mayor para una cosa...es mayor para la otra.

…Otra opción es que se vaya a vivir con usted y la madre de su hijo le pase reducida la pensión que le corresponda arreglado a lo que ella gane…se la reduce… pues justo es, que sea lo mismo que usted pretende hacer, y su hijo consentir…

Un cordial saludo
15/08/2011 14:22
La pensión que le paso a mi hijo (actualmente cifrada en 520 €) se fijó hace unos 23 años cuando tenía tan solo cinco meses de edad.

Por aquel entonces mi ex trabajaba a tiempo parcial, y lógicamente se valoró el trabajo que supone la crianza del niño.

Actualmente la madre trabaja a jornada completa por lo que sus ingresos mejoraron sensiblemente (los míos han permanecido constantes). Ya no cabe valorar el trabajo de crianza de un jovencito de 23 años. Tampoco cabe hablar de gastos por estudios, pues finalizó su carrera y no tiene intención de proseguir ningún estudio más. ¿Son argumentos suficientes para plantear un reajuste de la cuantía de la pensión mientras mi hijo siga siendo económicamente dependiente?