La verdad es que leo cosas alucinantes. Incluye en gastos de los niños depilacion... ¿Es posible que eso siquiera lo admita un Juzgado? Por otro lado, entiendo que los gastos en medicinas deberian incluirse en el concepto de gastos extraordinarios, y en ese caso, tendria que justificarlos, supongo que mediante receta, aunque fuese de un medico privado, pero justificados de algun modo.... si no, podria llegar a incluir como gasto incluso las pildoras anticonceptivas, por ejemplo.
Luego leo en otro post que una Jueza compensa cariño con dinero, es decir, considera que el padre da poco cariño a los hijos y entonces debe pagar mas.... aun lo podria entender si lo fundamentara en exceso de dedicacion por parte de la madre, o sea, los progenitores custodios, en principio (ya, ya se que hay de todo, no os tireis a mi cuello, digo en principio), dedicamos mas tiempo al cuidado de los hijos, podria entenderse que a la hora de calcular con lo que cada progenitor debe conribuir, ese tiempo se considerara como una especie de contribucion "en especie", pero vamos, fundamentarlo en que el padre da poco cariño....
No se, la subida que solicita esa mujer a mi me parece que no esta fundamentada, pero el simple hecho de solicitarla ya supone un incordio, porque como habra que ir a juicio, los gastos de abogado y procurador no os los evita nadie. Es un fastidio, como ya señalo Nuria en un post, en primera instancia es dificil la condena en costas, con lo cual, como un/a ex te quiera fastidiar, solo con solicitar modificacion de medidas, aunque no este basada en posibilidades reales, te fastidia... y bien
Verska, la única forma de acreditar que la madre no está alimentando bien a la niñas o las está sometiendo a medicación que no debiera, es mediante informes médicos o una peritación que contenga analítica para saber qué tipo de medicación está suministrando, solicitar informes médicos del pediatra a ver si la recetó, etc.
Si existen sospechas fundadas de que la madre falte a sus deberes en ese sentido, deberían realizar dicha peritación cuanto antes pues después seguramente la madre lo obstaculice todo lo que pueda, he conocido profesionalmente algún caso similar y no es fácil de acreditar pero tampoco, imposible. Si se prueba, y existe riesgo para los menores, cabría la posibilidad de cambiar la guarda y custodia.
Un saludo.
hombre, mal alimentadas es difícil en cuanto a un análisis de sangre por ejemplo, porque aunque no sea correcto para su desarrollo alimentar a una niña de cuatro años a biberones de papilla para bebés cada mañana, no creo que eso quiera decir que su salud esté menguada, pero ¿es lógico? ¿es normal que esa niña de 4 años y medio no sepa casi beber en vaso porque siempre desayuna biberones? ¿es normal que no haya forma de que tome leche porque no sabe beberla? ¿es normal que se gaste el triple de dinero en su alimentación por comprar macarrones en tiendas bio de a 3 euros 250 gr, huevos a 4,50 la media docena, leche de soja a 2,50 euros el litro? ¿y si mañana le da por llevarlas a diario a cenar al mejor restaurante de su ciudad? ¿tendrá que asumir el padre el cubierto valga lo que valga? seguro que en ese caso el análisis médico sale bien, pero ¿está bien? es capricho tras capricho, que encima las pejudica seriamente porque en cuanto salen del ala de su madre no quieren comer otra cosa que no sea lo que su madre les da, sea lo que sea. Un ejemplo más de su terrible influencia: siempre está repitiéndoles que se marean , que no pueden ir en coche, que pobrecitas, que vas a vomitar, que dile a la señorita que te siente delante en el bus porque vomitarás... este verano fuimos a galicia, en 15 días de constantes idas y venidas con el coche, a la playa y demás NUNCA se marearon. Los primeros dos días les dimos un antimareo, pero luego ya no hizo ninguna falta porque es pura sugestión. Pues al mes de estar con ella otra vez
y en cambio estas navidades otra vez venían sugestionadas pero no vomitaron ningún día y eso que hicimos hasta una excursión en 4x4 por un montón de sitios. No sé cómo se llama el síntoma ese que haces que la gente enferme para hacerte necesario, pero no creo que ande lejos, porque no es normal que a tu hijo le hagas pasar esos malos ratos, que le impidas ir a excursiones por mil millones de miedos, que no dejes que sea un niño, siempre enfermo y siempre en una burbuja. Da mucha pena, de verdad.
Se puede solicitar un abogado de oficio atendiendo a "circunstancias especiales".
Tendrías que basar la solicitud en los gastos del padre, es decir, si gana 1900€, esta claro que se pasa del mínimo, pero como paga una pensión de 550€ hipoteca 600€, realmente le quedan 750€ para pasar el mes.
Intentadlo, ya os digo que a mi novio se lo han concedio y gana 1900€.
Vosotros vereis, pero por este proceso un abogado normal os va a cobrar 1200€ como mínimo.
pero no sé hasta que punto es recomendable aunque se lo concediesen, ya que me temo que esta demanda puede traer cola. Quiero decir que ella no va a parar ahí, si le sale mal irá otra vez a la carga. ¿algún abogado me puede orientar sobre esto? Tengo entendido que uno de oficio te llevaría esa demanda, pero si hay otra posterior, pues ya no. Y tal vez sería necesario que el abogado fuera el mismo para que sepa de qué se habla y conozca bien el caso. No sé, en serio que es una desesperación levantarse cada día con la espada de damocles de alguien con tan poca cabeza y sentimiento.
Verska, la tramitación de la justicia de oficio es cosa de las administraciones autonómicas y por tanto es posible que según provincias cambie el criterio, pero hipoteca tiene una gran parte de la población, normalmente se considera un gasto normal y no extraordinario ni circunstancias especiales, y en cuanto a la pensión igualmente tendría que hacerse cargo de los gastos de los hijos si vivieran en familia. Intentad que os informen en el Colegio de Abogados, pero lo veo difícil. En cuanto a lo de que se concedan profesionales distintos, suele ser así, pero si el abogado y el solicitante están de acuerdo puede pedirse que sea el mismo.
Lo que le comentan del abogado es correcto. Un abogado del turno le llevaría la modificación de medidas, la apelación, la ejecución y la tasación de costas si las hubiera. Si insta una nueva modificación de medidas, le asignarán un nuevo abogado del turno pues tendrá que volver a solicitar la justicia gratuita presentando de nuevo toda la documentación.
Respecto a lo que le indica Anais respecto a la justicia gratuita, también es correcto, pero ayer mismo me notificaron un auto de una impugnación de desestimación de justicia gratuita donde se alegaron los gastos existentes (pensión alimentos, alquiler, etc.) debidamente acreditados y han estimado nuestra impugnación, aunque conozco otros casos anteriores en los que no pues decide la impugnación el mismo juez que ha conocido del pleito principal. Yo misma he conseguido algunas desestimaciones alegando justo lo contrario.
Ya no se tiene en cuenta el salario minimo, en muchas autonomías ya se está aplicando el IPREM como índice de referencia por imperativo legal.
Chus, la mayoría de los abogados somos normales, jajajaja. Si, el mínimo es esa cantidad y el procedimiento lo vale.
Verska, ya se te ha orientado. Si la otra parte quiere ir a la carga, irá a la carga hagas lo que hagas, ese problema lo tienes tú (o tu pareja) y la mayoría de las divorciadas/os y separadas/os españoles. La justicia no puede solucionar determinados problemas personales (que tampoco conviene siempre judicializar) pues no puede cambiar la bondad o maldad de la gente con una resolución judicial. Si puedes acreditar la existencia del sindrome, tienes unas altas probabilidades que se modifique la guarda y custodia de las menores, pudiendo incluso solicitar que las visitas de la madre en ese caso, sean vigiladas o suspenderlas provisionalmente.
Es como todo, problema de prueba y de juez. Si la niña no sabe hacer esas cosas, pueden acreditarlo en soporte audiovisual, pero siempre deben avalarlo pericialmente.
Un saludo.