La pensión de alimentos no es pensión compensatoria.
Y lo malo que tiene divorciarse es que te divorcias de esa persona. Para lo bueno y lo malo. No puedes pretender divorciarte de una persona, pero no de su pensión de viudedad...
Perdón!!!!! no me di cuenta claro que viuda solo hay una la otra era la primera esposa y divorciada con su hija, pero a ver si me informo bien con mi amiga, pero la primera no cobraba pensión compensatoria solo le pasaba una pensión por alimentos para la hija.
Arenillas: eso es sólo si se estaba cobrando pensión compensatoria en el momento del fallecimiento... Y no es por nada, pero viuda no hay más que una.... salvo los musulmanes, que se pueden casar con varias mujeres.
Yo creo que cada viuda tiene derecho a cobrar la parte proporcional del tiempo que estuvo vigente el matrimonio, al menos eso le ocurrió a una amiga mía que su marido en su primer matrimonio tuvo una hija y en la segunda mujer tuvo cuatro hijos pues según ella me comentó no le han pagado toda la paga sin la parte proporcional del tiempo que estuvo casado con ella y a la primera la parte proporcional del primer matrimonio. no se si esto ha cambiado.
Es cierto no cobraba nada, él se marchó y ella sola se crió a las 2 hijas y nunca percibió nada de él y ahora se encuentra con esto, . . . . la verdad es que a veces en la vida uno debería ser mas interesado, las buenas personas son las que mas pierden y las egoistas sacan por todas partes.
Saludos.
A una amiga mía le han negado la pensión de viudedad, sin estar divorciada, por estar solo separada, por estar mas de 10 años hasta el fallecimiento; por no se que Ley del año cero 2010.