guapa88 , vuelvo a insitir que la ley esta muy clara, y SI NO SE A RECIBIDO PENSION COMPENSATORIA NO HAY DERECHO A VIUDEDAD estando divorciada como en este caso esta Maria de los Angeles y si no lee bien la ley y las respuestas de todos los exprertos en este foro sobre las consultas sobre este tema. A la gente le puede parecer mejor o peor pero la ley lo dice claramente
Hoy por hoy la ley es esa y el INSS la aplica "de serie". Si se quiere intentar otra cosa hay que acudir a los tribunales. De momento creo que sólo hay una sentencia donde se haya fallado a favor de la solicitante, pero no crea jurisprudencia.
No hay que olvidar que la pensión de viudedad está supeditada a que el derecho no se extinga con la muerte del pagador.No por el fallecimiento del que paga la pensión,tiene como consecuencia la extinción de dicha pensión.Se tiene que especificar que eso se produzca a su merte en el convenio regulador.Si no es así,el derecho lo sigue ostentando la viuda y pasa a cargo de los herederos,si no se menoscaba la legítima.Si se ve afectada la legítima entonces los herederos puede que no se vean con capacidad de satisfacer el pago de por vida de la pensión de su madre.Entonces se quedaría sin nada.Así de claro y conciso.Se tiende a acogerse solo al hecho de que se cobre o no,pensión compensatoria,pero se olvidan de ese importante detalle,que no olvida la seguridad social y que hace valer en todos los casos.
Soy Abogado en Palencia. Un cliente mía, separada hace tiempo y sin derecho a pensión compensatoria, ha pedido la pensión de viudedad por fallecimiento este año 2008 de su marido. La Seguridad Social ha denegado la pensión de viudedad por el Art. 174.2 LGSS: "El derecho a pensión de viudedad de las personas divorciadas o separadas judicialmente quedará condicionado, en todo caso, a que, siendo acreedoras de la pensión compensatoria a que se refiere el artículo 97 del Código Civil, ésta quedara extinguida por el fallecimiento del causante". Hemos hecho la reclamación previa y se ha desestimado con el mismo argumento. Efectivamente la LGSS ha cambiado por RD 40/2007 y para cobrar pensión de viudedad se debía estar percibiendo pensión compensatoria y que esta quede extinguida por el fallecimiento. Es una faena muy gorda para mi cliente, que no entiende como el gobierno socialista hace semejantes faenas a las viudas. La idea es recurrir hasta el Tribunal Constitucional, a ver que pasa. Saludos. (valgon@ono.com).
La verdad que en mi opinion estoy totalmente deacuerdo con la nueva ley, ¿porque tiene que cobrar pension una persona de la que llevas divorciado años? conozco casos en los que el matrimonio lleva divorciado 10 o 15 años y con muy mala relacion (aunque eso es lo de menos) y la segunda mujer tiene que compartir la pension con la primera ¿proque? si en su dia ese matrimonio decidio separarse y romper con todos los vinculos que les unia, no entiendo porque si a todos los efectos legales ya no compartian nada, si uno fallecia ¿porque tener que compartir la pension? me parece muy justa la nueva ley ya que la que debe cobrar esa pension es la ultima mujer.
Yo también apoyo esa ley.Se disuelven los matrimonios y las sociedades de gananciales,con todas las consecuencias.No entiendo,incluso porqué se tienen que satisfacer pensiones compensatorias.Se alude a que la parte más perjudicada,ha de recibir dicha pensión y nos olvidamos que en la mayoría de los casos la parte más perjudicada es el hombre.No se puede favorecer a una parte supuestamente perjudicada,cuando se queda con la casa y con todo,denostando a la otra parte que es la que tiene que abandonar el domicilio y todo lo demás.Se tendría que hacer cargo directamente la seguridad social de la pensión de la esposa y no dar lugar a esos supuestos que menciona la ley de la seguridad social y esperar a que fallezca el pagador,para considerar que se cumplan todos los requisitos que promulga dicha ley,para así ahorrarse un porcentaje muy alto en pagos de pensiones,por no cumplir dichos requisitos.De todas formas,la seguridad social acaba asumiéndo la tutela de esas mujeres,cuando llegan a cierta edad y tienen que abonarles míseras pensiones de beneficencia,para su sustento.La que tiene suerte y ostenta un puesto de trabajo,puede respirar tranquila.
Pues yo no la apoyo porque es una estupidez, porque lo cotizado por uno de los cónyuges (me da igual el sexo) mientras el otro se ocupa trabajando con los hijos y la casa, ese dinero, no debe pasar al estado, sino revertirse a la familia y no de un modo aguinaldo o mendigo como si nos estuvieran dando limosna, es dinero COTIZADO bien ganado y ahora permanece el derecho de esa cotización.
Eso de que las mujere sse llevan la mejor parte es un comentario desafortunado, tendencioso, demagógico y no refleja para nada la realidad completa porque es un comentario parcial. nada de eso, por contra, las mujeres se quedan siempre con la peor parte de todo, imaginando que les pasan pensión (imaginando mucho) incluso así, cuando los hijos dejan de depender de la madre, esta se queda muchas veces empobrecida, sin edad de trabajar, con unos ingresos de inserción cadavéricos. ¿que quieres que te cuente, que tu no sepas ya goz? sin ánimo de ofender.
guapa88 , me da lo mismo el sexo del conyuje a que se refiera, pero vamos a ver cuando un matrimonio se disuelve se disuelven los gananciales y cada uno se lleva su parte y listo a partir de ahi cada uno se tendra que preocupar de ganarse la vida lo mejor que pueda, si ademas cada uno rehace su vida y la comparte con otra persona no tiene ninguna logica que el primer conyuje del cual estan divorciados despues de haber repartido los gananciales tenga que recibir una parte de la pensio..... no tiene ninguna logica!!!! yo estoy divorciada y no me gustaria que mi actual pareja tubiera que compartir ninguna pension con mi ex marido que con el ya no me une nada ¿o es que aunque te divorcies estas sentenciado a tener que mantener a esa persona si te pasa algo cuando en su dia se repartio lo que hubo en ese matrimonio? APOYO LA NUEVA LEY AL 100%, estas divorciado y se han roto todos los vinculos en todos los aspectos, si en su dia la mujer no trabajaba y cuidaba de los hijos cuando se produce el divorcio cada uno recibe su parte y a partir de ahi cada uno es libre de hacer con su vida y su dinero lo que quiera, y soy de las que pienso que las leyes deverian cambiar en muchos mas aspectos con los divorcios ya que el mas perjudicado en la gran mayoria de los casos es el HOMBRE ya que las mujeres por ser MUJERES ya parten con unas ventajas y si queremos igualdad, igualdad para todo ya esta bien de exprimir a los EXMARIDOS e intentar arruinarles la vida, el dia que cambien las leyes en este aspecto que espero que sea muy pronto ya veras como agachan las orejas mas de una, y se dejan de tanta prepotencia y de utilizar a los hijos para sus propios intereres
Guapa88.
Estamos tratando las pensiones de viudedad de las personas divorciadas.Si se rompe el vínculo,se ha de hacer con todas las consecuencias,sin depender del conyuge,puesto que ya no lo es.Se tendría que hacer cargo de esa mujer la Seguridad Social.Por otra parte,excluyendo a los esposos que tienen una reuneración muy saneada por su trabajo,la mayoría no disfrutan de esos salarios tan privilegiados.Esa es la realidad.Están soportando más gastos que cuando estaban casados.En la mayoría de los casos el inmueble que compartían no se puede vender,para sanear un poco la economía de ambos,puesto que hay menores a quién se les adjudica la vivienda y por extensión a la madre.Es por ello que muchos padres y ex esposos se quedan en la precariedad.La Seguridad Social,es cierto que no regala nada a nadie,pero tampoco elude asumir las responsabilidades con las personas que no han cotizado nunca en su vida y sin embargo les otorga prestaciones,(cadavéricas) sí,pero provienen de las cotizaciones de otros trabajadores.Dices que lo cotizado por uno de los conyuges, tiene que revertir en la familia,osea la mujer...¿Qué conyuge?,si se ha perdido la calidad de ello,¿Qué familia?,¿Qué mujer?,si ya no lo es por el divorcio y en cuanto a los hijos si son menores de 17 años empiezan a cobrar de la Seguridad Social la pensión de orfandad.
Buenas tardes.
Yo no estoy de acuerdo con esta nueva normativa. Lo cotizado, cotizado está. Si el señ@r durante SI pertenecía al vínculo estaba cotizando esa cotización le correspondería cobrarla al viud@. Sé que se ha deshecho el vínculo y visto así y através de años, se ve lógico que no tuviera derecho, pero se dan casos de estar 40 años con una persona, el señ@r le da un ataque de juventud, se divorcia y se casa con otra, que dado la edad solo permanece p. ejemplo 2 años. ¿ quién cobraría la totalidad de la viudedad? La nueva señ@r? Repito que no lo veo bien.
No entiendo lo de las compensatorias, que ocurre en el caso de separación de bienes? - Como véis no entiendo del tema- Y en los casos de que en vez de divorcio solo existe separación ¿ que viud@ se queda con la pensión? También, perdonar la extensión- Cuando te has separado y nadie se ha vuelto a casar ¿ se cobra proporcionalmente al tiempo convivido hasta la separación?
Muchas gracias u agradecería una respuesta.
Cuando se está separado,aún existe el matrimonio y no puede haber dos viudas,solo una,puesto que no se puede volver a casar el marido ni establecer una unión de hecho.No lo veras bien maria1,según los casos que comentas.Pero tambien es cierto que una pareja se divorcia por que la esposa se quiere deshacer de él y no quiere hacerse cargo de su marido,por enfermedad,por que le da asco,por no asumir la vejez con él y lo tira a la puñetera calle,entonces se casa con otra mujer que le acompaña hasta el final de sus días..entonces quién crees que tendría derecho a toda la pensión?.No todos los casos son tan aventureros como el que cuentas del que le da el ataque de juventud y se va con otra.Aquí no se trata de dar pensiones a quien se las merezca o no,si fuese así me parece que muchas tendrían que ir mendigando por ahí.Las pensiones se rigen por parámetros muy complejos y ajustándose a requisitos.En el año actual los requisitos son los que hay.Quizás cambien en adelante.
Sigo estando de acuredo con la nueva ley, si alguien le da el ataque de juventud cada uno tiene que ser responsable de sus decisiones y consecuencias, maria1 lo cotizado cotizado esta, pero vuelvo a repetir cuando se produce un divorcio se reparten los ganaciales, ¿hay que arrastrar siempre ese matrimonio DISULETO si se a terminado se ha terminado TODO sin excepciones y con todas las consecuencias, si la mujer durante el matrimonio no a trabajado fuera de casa, habra sido por decision de los dos ¿o es que ahora vamos a sacar de quicio las cosas???? en un matrimonio se toman decisiones comunes lo que no se puede hacer es una vez roto el matrimonio que parezca que "el hombre siempre es el beneficiado durante el matrimonio y la mujer la victima" aqui todos tenemos dos manitas para trabajar, pero el problema es que a muchas les viene bien el ser amas de casa, asi no tienes que aguantar a ningun jefe, ni tienes que dar explicaciones a nadie....
Se termina la relación afectiva, pero como en toda sociedad, hay una generación de derechos e ingresos deudas etc, así k no pierdo más el tiempo.jajajja, es que da risa y todo de lo ingenuo del comentario, como si se pudiese negar, es como la avestruz que esconde la cabeza, pero bueno, en este mundo ya sabemos que hay de todo.
maria: no hace falta ser letrado para saber por lógica, que una cosa es injusta. tampoco hay que ir a los extremos, pudiendo ser ocasiones de procedencia moderada en cuanto a la gravedad y tener los mismos derechos, porque al fín y al cabo, vd a dado en el clavo, lo cotizado cotizado está.
goz:
De verdad, no haga demagogia de todo esto, hay un hilo en este mismo portico en el que se habla de un despacho que está reivindicando que se rectifique esta ley, que no es clara, dicho por personas de altura en derecho. nada más, con todos mis respetos, un saludo.
No hago demagogia.Es la puñetera realidad la que cuento.Las que no os quereis enterar sois el ejercito de mujeres que no asumis que la sociedad de la que tanto hablais ,se ha extinguido,NO HAY SOCIEDAD.Para eso se ha hecho la disolución de la sociedad de gananciales en su momento.Y no hace falta tener altura ni en derecho ni en nada para saber dirimir lo que es justo de lo que no.Lo mismo dices a maria,que "no hace falta ser letrado para saber por lógica que una cosa es justa",como me dices a mí que el tema se está tratando por "personas de altura en derecho".Como bien dices,no pierdas más el tiempo en comentar.
Que no se calienten los ánimos. Es gratificante que podamos dar cada uno nuestra opinión, las cuales, para bien o para mal, de momento no vamos a poder cambiar la ley.Veo que hay posturas muy radicales tanto si se es un marido en la " calle" o una esposa "dejada".
El comentario que hice es una realidad y existe. No creo justo que nadie se pueda beneficiar de lo conseguido cuando aún había vinculo.
Gracias a Dios, no estoy haciendo estas preguntas por mi, es solo para saber como va el asunto en vista a los cambios de la normativa.
En mi caso, estoy separada legalmente.He trabajado y trabajo desde los 16 años y encima estudiaba.Mi marido no me regaló nada y además estoy en separación de bienes. Y repito, que lo más lógico para mi ( y que para eso hagan falta muchos años, porqué no le quiero ningún mal a mi ex, y el supongo que tampocoa mi) Pues, no veo lógico que habiendo montado una familia, criado a unos hijos, ayudado ( en mi caso) a costear la carrera de mi marido etc... que después suponiendo que estemos divorciados , se quede la totalidad de la viudedad otra persona. Lo correcto sería proporcional. Además una persona que no se ha " tragado nada", no ha convivido un chorro de años con el o con ella etc... Y si a eso le sumamos los propios hijos. Es decir, serán los hijos los que tenbdrán que mantener a su madre-padre, porqué la seguridad social ha decidido otorgarle toda la pensión a al último cónyuge.
Mi madre, como muchas otras, vive con la pensión de viudedad y paga un alquiler ¿ que pasará si estos señor@s no les quede nada? Se supone que al último conyuge, ya habrá tenido tiempo de montarse una vida anterior, cosa a que a los primeros generalmente no.
Si convives 20 años con una persona y 20 años con otra, vuelvo a decir que tendría que ser proporcional.
Lo de romper vínculos, todo depende, si se tiene hijos el vínculo no se rompe en la vida, siempre seguirán siendo los padres-madres de tus hijos.
Y sinceramente, no me gustaría nada que mi " viudo" en cso de existir le pagasen a él solo la pensión ¿ Es que mi ex no se merece nada? Ya no me creo el estar 30 años con una persona y luego no signifique absolutame nte nada para tí.
ESA LEY NO ES JUSTA
Gracias
No sé porque le damos tantas vueltas a este tema. Según el diccionario, viudo-a es el esposo-a del finado-a en el momento del fallecimiento. No es ni el ex ni la ex , ni los, ex ni las ex...ni las madres, ni padres de los hijos que tuvieron. Esas personas que formaron parte de la vida en otros tiempos, jamás tendrán condición de viudos-as en el presente.
Solo hay (de haberlo) un unico-a viudo-a.
María1: estoy segura de que si te vuelves a casar, adquirirás el sentimiento de ser la única mujer de tu marido. Y si este está divorciado de otra señora, te pondrás verde de ira solo de pensar que ,algún día, te pueda quitar la pensión que a ti como viuda, te correspondiera. (todo esto hipoteticamente hablando y sin desear el mal a nadie).
La nueva ley es mucho más lógica y justa.
Aunque cuando uno-a se casa no lo hace (creo yo) con el fin de cobrar la pensión de viudedad, es de cajón de que, en el caso de defunción de uno de los conyuges, el otro quede protegido. (que seguro, es el deseo del que ha fallecido)
Tengo clarísimo que, si a mi me ocurriera algo, mi marido actual y único (a pesar de que estuve casada en el pasado con otro señor) tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad correspondiente de forma exclusiva.
maria1,y personas afectadas por la ley 40/2007 entrad en el foro de :emagister.com-Seguridad Social-Abellalega.
Ahi veras com el INSS,interpreta mal esta nueva ley,ya hey sentencias ganadas al INSS.
Hola pipilota, los hijos no se ven afectados en nada por esta ley. Ellos tienen su propia pensión, la de orfandad, en cuya legislación se establece que la cobrarán los menores de 18 años o bien los menores de 22 años, o de 24 años si no sobreviviera ninguno de los padres o el huérfano presenta una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, en los casos en que los hijos no efectúen un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia, o cuando, realizándolo, los ingresos que obtengan, en cómputo anual, resulten inferiores al importe del salario mínimo interprofesional que se fije en cada momento, también en cómputo anual.