Buenas tardes, mi cónyuge falleció, y éramos pareja de hecho con seis meses desde la inscripción en el Registro, bien pues en base la jurisprudencia TS tengo elementos probatorios que pueden servir para dilucidar que hubo convivencia durante ocho años anteriores, contrato de vivienda a nombre de mi difunto y el pago mensual en su cuenta bancaria de mi móvil
Me ha surgido un contratiempo y es que el Banco no me da los movimientos bancarios de los pagos de dicho movíl en base a que yo no he estaba registrada en su cuenta corriente ni soy heredera, ahora se crea esta indefensión, creo que puedo pedir el auxilio administrativo para que sea el INSS quien se dirija al Banco en cuestión y le solicite esa documentación, si no estoy equivocada, paso previo para en caso de denegación en la solicitud administrativa de mi pensión de viudedad comenzar con la vía contenciosa, en este caso, si me deniega el Banco, solicitar auxilio Judicial, ¿es correcta mi exposición?
En cuanto a la documentación bancaria, tiene usted razón. Si bien el Banco no puede proporcionarle directamente los movimientos de la cuenta de su cónyuge fallecido al no ser usted titular de la misma, puede solicitar el auxilio administrativo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que este se dirija al Banco y solicite esa información.