Buenas tardes,
Tras leer toda la normativa publicada al respecto, no me queda claro algunas cosas sobre el derecho a cobrar pensión de viudedad de mi suegra. Expongo el caso y las dudas
Casados en 1972.
Separados legalmente en 2001
3 hijos
Pensión compensatoria en la sentencia de separación.
Fallece mi suegro
1) ¿Tiene derecho a recibir pensión de viudedad mi suegra al ser la separación antes del año 2008, tener 70 años y ningún tipo de ingreso?
2) Respecto a esto, ¿los herederos tendrían que seguir pagando dicha pensión compensatoria o puede acogerse a la pensión de viudedad?
3) ¿Si tenía reconocida pensión compensatoria, como le harán el cálculo, siendo la separación anterior a 2008?
4) En caso que de le reconozcan pensión de viudedad ¿le minorarian el importe hasta el mismo de la pension compensatoria? De ser así, al ser mayor de 65 años y carecer de ningún otro tipo de ingresos ¿puede solicitar el complemento a minimos?
Puede solicitar la pensión de viudedad porque cobraba una pensión compensatoria. Hay que tener en cuenta varios factores, uno de ellos, si el fallecido había vuelto a casarse, si es así, variaría la pensión de viudedad.
Muchas gracias.
Ninguno de los 2 se han vuelto a casar.
Pero entonces los herederos no tienen que hacerse cargo de la pension compensatoria??
Y en caso de que le corresponda pension de viudedad, ¿puede solicitar complemento a minimos? Ya que el importe de la pension de viudedad se ajusta al importe de la pension compensatoria... No tengo claro que pueda hacer esa solicitud.
Me quede viuda, estando separada en 2004
Mi marido estaba divorciado de su segunda esposa
Solo me quedó el 17 %
He leído, en muchos sitios que a laconyugue superstite(estando separados, no se rompe el vínculo) le queda minimo el 40%
La Seguridad Social me dice que no!
Algún abogado aún pagando en Tarragona que me pueda ayudar?