Quisiera saber cómo y dónde está legislado actualmente el reparto de la pensión de viudedad entre la primera y la segunda esposa de un fallecido. Gracias.
Se reparte proporcionalmente entre la primera y la segunda el tiempo que el marido ha estado con ellas. Por ejemplo si con la primera estuvo cuatro años casado y con la segunda seis, le corresponde a la primera el 40 % de la pensión y a la segunda el 60 %. En el caso de la segunda esposa el tiempo cuenta desde que termino el primer matrimonio, es decir acumula los años de solteria que hubiera podido tener el marido. Es decir si en un perido de diez años, el marido estuvo con la primera cuatro y con la segunda hace un año ques ecaso el procentaje es el mismo que antes.
Muchas gracias ¿dónde está regulado? Es muy importante lo de la fecha a tener en cuenta, si de la st de separación o de divorcio, y quisiera poder fundamentarlo legalmente a mi cliente.
Alguien sabe si este tema del reparto de pensiones esta en vias de cambiar?,es decir, que la pension de viudedad deje de repartirse entre la divorciada y la viuda y le corresponda integra a la viuda real?
A lo mejor ahora que los del PP se estan divoriando tanto y tan a menudo (lease cascos que repite) les da por cambiar la ley de divorcio de una p. vez,,¿que pensais?
Yo opino que ya que la primera acostumbra a dejar seco al marido, que sea la segunda o ultima que que se quede con la pensión. No deja de ser como un plan de pensiones, que si el hombre estuviera vivo cobraria el mismo.
Me surge otra pregunta, y si la primera esta muerta? que pasa con la segunda. Cobra el 100 % o el estado considera que esta viva?
Gracias por los comentarios, que no comparto (que la primera mujer deja seca al marido me parece un comentario bastante machista, Oh! Perdón!!! palabra prohibida en este foro!!!), pero sigo buscando una respuesta JURIDICA y no la encuentro. ¿Dónde se regula el reparto de pensiones?
Busca un libro de legislacion de Seguridad Social,,alli tendras que encontrar los articulos que regulen el reparto de la pension,,porque la pension de viudedad es una pension contributiva que otorga la Seguridad Social.La forma de repartir es como dice Carlos,proporcional a los años de convivencia pero lo que dice sobre adjudicarse los años de solteria la segunda esposa eso yo nunca lo he visto escrito (aunque no digo que no sea cierto solo que me parece chocante).Tambien lo puedes preguntar directamente en las oficinas de la seguridad social
Ja, ja, ja... Carlos... veo que sacas tus propias conclusiones! Craso error! Que no esté de acuerdo con tu comentario machista no quiere decir que haya nada personal en ello.