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Pensión de supervivencia

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Pensión de supervivencia
16/11/2003 02:54
Es lógico que una persona que esta cobrando ya una pensión de la S.S. absoluta estando divorciada hace aproximadamente un año se revisa la pensión que pasaba a su anterior familia y se queda en una cantidad en concepto de alimentos a la exmujer.

Fallece y la situación es que la 1ª viuda cobra 3 veces esa cantidad fijada hace una año y la actual mujer una pequeña cantidad.

No sería lógico que la SS respetara el acuerdo que esta en una Sentencia Judicial ya que como se suele decir " la ex desea que fallezca un marido para tener un beneficio".

Si lel dicorcio es una liquidación de la Sociedad de Gananciales (que no deja de ser un tipo de contrato) ¿ por que no se dá por extinguido el derecho a este tipo de pensiones en el momento que se llega al divorcio para que cada uno pùedea rehacer su vida sin perjudicar a sus nuevas parejas?

Me gustaría saber si alguien sabe algo mas de este tema y si hay jurisprudencia, ya que la SS te dice que lo recurras que estan continuamente modificándose las Leyes.

MUCHAS GRACIAS