El deber de alimentos hacia los hijos es exclusivamente de los padres. El marido de su exmujer puede regalar o no lo que desee y mejorar la vida de sus hijos, cosa de debería agradarle, pero no tiene ninguna obligación. El obligado es usted y su exmujer.
Tampoco tendría usted que aumentar la pensión si se casara con alguien con un empleo sólido, es decir los cónyuges nuevos no tienen obligaciónes.
Buenas tardes mi consulta sería... Quisiera saber si mi exmujer por tener una convivencia sólida y marital con otra persona se puede exstinguir la pensión de alimentos a los hijos , ya que su actual pareja tiene un trabajo sólido y aporta económicamente. ( edades de 18 y 16 años)