Yo también lo veo de ese modo, y en esos términos le he asesorado a mi clienta.
Finalmente, vamos a proponer como pacto que pague lo que pueda vía extrajudicial, pero no extinguiéndose la deuda claro está. porque va a pagar 15.000€ de 40.000€ que debe.
Indicaremos que siga con la pensión de alimentos y de palabra le indicaremos que si sigue pasando la pensión, no se demandará por el restante.
Ya le he indicado que lo mejor es si no quiere pagar, que ejecute y embargue y se acabó pero ya sabes....
No creo que sea posible tal pacto.
No se puede limitar el derecho de una persona de esa manera ¿y si el padre pierde el trabajo a los 3 meses de haber firmado? Seria una causa valida para solicitar la modificacion de medidas y un pacto anterior no debe limitar la posibilidad de actuar en el futuro.
Ademas, si esos pactos son extrajudiciales, ya sabras que son papel mojado ¿no? tanto saldar la deuda por una cantidad inferior como esa supuesta renuncia a ejercitar acciones en un futuro...
Lo mejor es hacer las cosas bien, que él pague lo que deba (si no puede de una vez, a plazos) y no meterse en pactos que, a mi modo de ver, no son posibles porque, repito, lo veo como una renuncia a un derecho que se pueda generar en el futuro
Mi cliente reclama a su excónyuge por vía extrajudicial, pensión de alimentos atrasada durante 4 años.
Bien, el nos indica que podría oagar tan solo la mitad de lo que se debe.
Mi cliente, como sabe que iniciará pronto modificación de medidas para eliminar la pensión de alimentos, pues la hija tiene 23 años, quiere plantear la siguiente posibilidad:
Aceptar como pago de la deuda la cantidad que nos ofrece, pero recoger en el pacto que se firme, que el padre renuncia a interponer modificación de medidas durante un año y medio, es decir que se compromete a pagar 600€ durante un año y medio. ¿ Esto podría ser viable? ¿ cual sería la mejor forma legal para que si acepta la cantidad que se le oferta ( que no es la deuda total) nos aseguremos que no va a interponer demanda de modificación de medidas?