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Pensión con complemento por f.s.i

3 Comentarios
 
22/07/2006 11:53
Gracias a Doxa con tu explicacion yo tambien lo veo de sentido comun munchas gracias.
22/07/2006 03:27
Donce dice ..totalizan 14 y no 15.6" debe decir "totalizan 15 y no 15.6"
22/07/2006 03:17
En mi opinión lo que dice la L.G.S.S es que el incremento del 20 por ciento lo será de la base reguladora que se empleó para el cálculo de la prestación por IT, que a su vez fue incrementada en su día en el 30 por ciento por recargo de la prestación. Así, si la BR (diaria) es de 10 y se incrementó en 3 (30%), a los 13 actuales no se le halla el 20 por ciento para el nuevo cálculo: 15.6 sino que a los 10 iniciales se le halla el 20 % = 12 a lo que ha que añadirle 3 de recargo que ya venías percibiendo, lo que totalizan 14 y no 15.6.

Piensa que el empresario no va a pagar un recargo sobre el recargo sin ser parte en procedimiento alguno, ni tiene culpa de que no encuentres otra ocupación que sea compatible con la percepción de la IPT ni que solicites el incremento por edad.
He intentado encontrar jurisprudencia, pero me ha sido imposible, aún así me parece de sentido común lo que comento. Al menos lo defendería con toda convicción en un Tribunal.
Salvo mejor opinión.
Pensión con complemento por f.s.i
21/07/2006 19:01
soy pensionista por una incapacidad permanente total por enfermedad profesional tengo 49 años por lo que cobro el 55% asta los 55años y cobro un 30% mas de la pension inicial por falta de seguridad en el trabajo,quisiera saber si al cumplir los 55 años adamas de la pension que pasa a ser el 75% tambien subeel complemento del 30% o sige siendo el mismo, gracias.