Gracias por las respuestas, osea que tengo que ir a hacienda y declarlarlo. ¿qé tipo de recargo es?¿que sanción me cae si me llamaran antes de concertar la cita?
Tenías que haberlo declarado como rendimientos de trabajo no sometido a retención artículo 17.2.f de la Ley IRPF. Te pueden reclamar los ejercicios no prescritos.
www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com
Un saludo
Hola, tengo una duda llevo años divorciada mi marido me pasa una pensión compesatoria (unos 6600€ anuales que me pasa mensualmente)pero nunca la he declarado porque me dijeron que estaba exenta, que era sólo él, el que debía declararla. Ahora le estan revisando la declaración y le han pedido la documentación de nuestro divorcio. Yo presento declaración pero claro eso no lo meto. ¿estoy obligada a declararla? cobro mensualmente unos 1400€ brutos, con los descuentos de irpf se quedaria en 1100€.
gracias por el tiempo. un saludo.