Alguien podría decirme ¿cuanto tiempo, en un proceso contencioso, podrían obligarme a pasar la pensión compensatoria a mi ex-mujer?.
Ella trabaja por horas los fines de semana y cobra solo 400€.
¿Y si, una vez recibida la notificación del proceso de divorcio, ella deja de trabajar?.(es lo que me ha dicho que haría si yo me quisiera divorciar de ella). ¿Le tendría que pasar una pensión toda la vida?.
Todo depende de cada caso y de la situacion de su mujer, de si esta en edad de trabajar, si tiene formacion, si no tiene otros ingresos,.
No creo que nadie pueda contestarle con una cifra sin todos los datos..depende de muchos factores..
Puede temporalizar la pensión compensatoria (entre 1 año en adelante, depende de cada caso) pidiendo le mínimo.
Si ella deja de trabajar quedará reflejado en su informe de vida laboral y existe jurisprudencia en la que fundamentar que como es una situación voluntariamente buscada, puede incluso quedarse sin la pensión (ojo, no es artículo de fe, lo valora el juez).
Las pensiones vitalicias no suelen concederlas hace tiempo (salvo pacto en ese sentido entre las partes), las indefinidas si, pero éstas últimas suelen otorgarse en casos en los que por edad no pueda incorporarse al mercado laboral o no cobre pensión de jubilación (ejemplo, se divorcia a los 62 y cobra pensión a los 65, se le otorgaría probablemente temporal durante ese tiempo, no indefinida), por dedicación a la familia, falta de cualificación profesional, etc.
Si su aún esposa es joven, le temporalizarán seguramente la pensión caso de que proceda concedérsela.
Sí esta en edad de trabajar, y de hecho lo esta haciendo, el tema es si lo esta haciendo con contrato o no.
Si no tiene contrato, a todos los efectos es ama de casa por lo que podria considerarse que esta en un grupo de riesgo de exclusion social por que va a tener dificultades para incorporarse al mercado de trabajo, por sexo, edad y formacion, lo que le favoreceria para la concesion de una pension compensatoria.
Entonces es como indica Patricia, dejar de trabajar se consideraria de forma negativa para la concesion de una pension compensatoria.
En caso de concedersela, seria temporal en todo caso.
La ex. de mi apreja trabaja en una empresa de limpieza donde hacen esos contratos semestrales y despues las ponen en el paro para contratarla pasado unos dias,así ella alega tener un trabajo inestable ya que nunca es ella la que se va sino finalizacion de contrato y es lo que consta en su vida laboral.El juez nunca le quitará esa pensión y a ella le va muy bien trabajar en esas condiciones.Tiene 39 años.
Gracias por tu aporte, xikes.
Está claro que tendría dificil librarme de pasarle una pensión compensatoria.
Y ahora otra pregunta, ¿que pasaría si yo me quedo en el paro (también por fin de contrato)?¿tendría que seguir pasandole la pensión en base a mis nuevos ingresos (inferiores evidentemente a los actuales) o no?.
Gracias.
Ayer me dijo un amigo, que se ha divorciado hace 6 meses, que si no llega a acordar en el convenio (él se divorcio amistosamente, que suerte!!) pasar la pensión a su ex-mujer durante 3 años (ella no trabajaba) tendría que habersela pasado 5 años como máximo (según él por ley y que ella no podía reclamar mas tiempo el cobro de la pensión compensatoria).
¿Es verdad, que hay un máximo obligatorio?.
Nosotros vivimos en Vizcaya (lo digo por si tiene algo que ver en el tema).