Cada uno vive como quiere, y que en el siglo XXI quiera compararse una unión de pareja sin formalidades con la unión "como perros" me parece absolutamente fuera de lugar.
La pensión compensatoria se establece como consecuencia de un divorcio, separación o nulidad matrimonial con la finalidad de paliar el desequilibrio económico que la ruptura matrimonial pueda producir entre los cónyuges. Por ello, si no hay unión matrimonial, no habrá, en su caso, derecho ni obligación a pensión compensatoria.