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pensión compensatoria y jubilación del obligado a pago

1 Comentarios
 
08/01/2010 15:15
Creo que tiene un dilema y dos cuestiones, una sobre su pensión de la SS. y otra sobre su pensión compensatoria.

Sobre su pensión de la SS. la jubilación sería un derecho y no una obligación, salvo que expresamente una ley, le obligue como docente en la educación pública a jubilarse a los 70 años. En su caso necesitaría, 15 años cotizados y el importe iría en base a esos años y en función de la cotización que realice. Un abogado laboralista, en la propia Seguridad social o en algún sindicado al uso (hay webs muy completas), le pueden asesorar concretamente las circunstancias a las que se va enfrentar, en su caso.

Si decide trabajar, dependerá lo que diga expresamente su sentencia sobre su duración. En cualquier caso, es muy digno trabajar y valerse por una misma, que ser una persona dependiente toda la vida.

Independientemente de posicionamientos morales, piense que cuando su exmarido se jubile, si la fuente principal de ingresos son del trabajo, éstos disminuirán considerablemente (pensión máxima) y su ex puede instar una modificación de medidas que suponga una reducción de la pensión compensatoria que ahora tiene asignada. Tenga presente, que usted por haber aprobado unas oposiciones, también saldrá con nombre y apellidos publicado en un boletín oficial (ocupe o no el puesto), con lo cual, llegado el caso, si usted no se ha incorporado al puesto de trabajo, habrá un acto voluntario de continuar en su situación de dependencia, el cual puede ser tenido en cuenta en su momento.

No tiene una papeleta fácil, así que lo mejor sería que busque el asesoramiento de un abogado, mejor que exponerse en este foro a recibir "consejos".
Pensión compensatoria y jubilación del obligado a pago
08/01/2010 00:38
Percibo una pensión compensatoria de 1200€ de mi ex, por tener unos ingresos el mismo de al menos 5000€. Llevo dos años percibiéndola. Mi ex se jubila en tres años y cobrará el máximo de pensión de la seguridad social. Yo tengo 55 años y nunca he trabajado fuera de casa. No tengo cotizaciones a la S.S.. Ahora puede que me llamen para hacer una sustitución en un organismo oficial por haber aprobado unas oposiciones. Con la edad que tengo no sé qué voy a hacer. Por un lado pregunto qué pasa con la pensión compensatoria, cuando mi ex se jubile, habida cuenta que él además ha de hacer frente a otra pensión por paternidad desde hace dos años también (400€) y para liarlo más se ha casado de nuevo con una tercera mujer hace 6 meses.
Y qué pasará si me integro a un trabajo con la edad que tengo, si pierdo la compensatoria y luego no tengo derecho a pensión por mi trabajo ya que no sé si cuando me llamen incluso tendré un año más, y con las leyes actuales no podré jubilarme parece ser hasta que no tenga 15 años mínimo cotizados. Me pongo en 70 ó 71, y ni siquiera sé si en la enseñanza se permite permanecer dando clase en un colegio hasta esa edad.
Ruego a un profesional que me asesore pues estoy hecha un lío.
Un saludo