Debido al incumplimiento del pago de las pensiones compensatorias y de alimentos solicite el embargo de las sumas debida y la retencion de las pensiones para que se asignen las pensiones de aqui en adelante, pero solo han procedido al embargo de la cantidades debidas. ¿Esto es normal? ¿Suelen los Juzgados no proceder a la asignación de la pensión para asegurar el cumplimiento del pago de las pensiones?
¿Ahora únicamente puedo solicitar la ampliación de la ejecución? ¿Voy a tener que estar solicitando ampliaciones de por vida?
A ver si alguien tiene un tema parecido y puede ayudarme, gracias
¿Es el primer incumplimiento que ejecutas? Si es asi, quizá el Juzgado no ha aprobado la retención para ver si con este proceso corrige su actitud. Si sigue incumpliendo de manera permanente, solicitalo de nuevo y ya tienes más justificación para pedirlo.