Cuando se dictaron las medidas definitivas de la separación- aun no hay liquidación de la sociedad de gananciales- se hizo referencia al uso y disfrute del piso famailiar y una pensión para mi hijo hasta que sea independiente economicamente. Yo estoy en paro, tengo 60 años y estoy en un E.R.E. En el momento de celebrarse el proceso judicial hace un año, yo recibia una pensión de 450 euros del INEM que suponia el 40%
de mis rentas, y que ya no la voy a recibir, con lo que ella cobraria ahora 4 veces mas que yo, habiendo sido toda la vida al contrario. ¿ tengo derecho a pedir una revision de esas medidas?