Un civil, funcionario interino no permanente de una Comunidad Autónoma, con unos cuatro años trabajados en distintas categorías en dicha Administración durante los últimos 9 años, quien mediante Sentencia Judicial reciente le es reconocida una Incapacidad Permanente Total para su Profesión Habitual en accidente laboral, desarrollando su trabajo a media jornada actualmente en Grupo A1 Nivel 24 y con edad de 35 años, quien a su vez tiene reconocida una discapacidad superior al 33 % e inferior al 65 %, al que en su Historia de Vida laboral desde 2001 consta su afiliación al Régimen GENERAL de la Seguridad Social en todos sus contratos.
Su solicitud de incapacidad ante la administración fue planteada en 2010, finalizando la vía administrativa en 2012 con DENEGACION, recurriendo en plazo a la vía Judicial en 2013, reconociendo el Tribunal ahora además" el incremento de los intereses legales que procedan ".
Ante todo ello, me surgen las siguientes dudas a la hora de que le sea fijada la posible pensión :
1º.- ¿Se realiza por Clases Pasivas o como Seguridad Social?.
2º.- ¿Qué cuantía mensual o anual podría corresponderle de pensión?.
3º.- ¿Le abonarán desde 2010 o desde otra fecha?.
4º.- ¿Existe algún tipo de Ayuda por la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas a la que tenga derecho o algún tipo de Seguro profesional o Sindical?.
5º.-¿Cómo se calcula la pensión aproximada mediante Haber Regulador o Base de Cotización y cual es la cuantía de esta ultima?.
6º.- ¿Existe alguna pagina en Internet o alguna aplicación donde se pueda calcular aproximadamente su pensión?.