Gracias Lucris, pero ¿no hay manera de poder seguir tramitando en Barcelona? ya que es un poco absurdo que viviendo ambos ahora en Barcelona, deban trasladarse a Coruña
El cambio de domicilio no supone un cambio de tribunal competente, pues según el artículo 545 de la LEC el juzgado de Coruña será quien deba conocer de la ejecución pues fue quien dictó la resolución. Salvo mejor criterio.
Buenos días. A ver si alguine puede ayudarme con esto. Una pareja de echo con hijos, se separa y todo el proceso se hace en Coruña. Ambos componentes de la ex pareja, por separado, se trasladan a vivir a Barcelona.
El padre no cumple con el convenio y no pasa las cantidades acordades.
La pregunta es: ¿se puede instar la ejecución en Barcelona o forzosamente se debe ir al juzgado que dictó la sentencia?.
¿puede pedirse un traslado de expediente?
En caso de que la respuesta sea positva, ¿como se hace?
Gracias.