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pension alimentos hijos mayores de edad

18 Comentarios
 
Pension alimentos hijos mayores de edad
06/12/2005 20:51
Me divorcié cuando mi hija tenía tres años. En ese momento por mutuo acuerdo se fijó una pensión por alimentos de 500 euros mensuales, actualizables, que he pagado puntualmente. Mi hija acaba de cumplir 18 años, y está viviendo en una residencia universitaria en Salamanca. Estoy costeando " todos" sus gastos, y al notificar a mi ex que no le voy a seguir ingresando en su cuenta la pensión por alimentos de mi hija, ha iniciado un proceso judicial, que se ha resuelto a su favor en base a la obligación de cumplir la sentencia dictada en el año 1989, que obliga a seguir ingresando el dinero a la cuenta de la madre- Por supuesto este dinero no llega a mi hija ni en broma. ¿Alguién tiene la solución?
06/12/2005 22:08
Supongo que el hablar con la madre es imposible; ¿lo has intentado con tu hija? si tiene 18 años ya puede entendere según que cosas, ¿porqué no le planteas que pase a depender de tí, en lugar de su madre, es decir, que figure empadronada en tu domicilio y no en el de su madre? si tu hija es consciente que eres tú el que costea todos sus gastos y que el dinero de la pensión alimenticia no redunda en su bien, sino en el de su madre, creo que debería ser consecuente y pasar a vivir contigo.
Lo aquí expuesto no está sujeto a ninguna base legal, por lo cual tomatelo, símplemente, como una sujerencia. Saludos y suerte.-
06/12/2005 22:12
Perdón, suGerencia.
Ah, si tu hija acepta, no olvides pasar por el juzgado para comunicar esa novedad. Saludos de nuevo.-
07/12/2005 17:26
La pension por alimentos es innegocialble hasta que alcance la independencia economica por lo tanto se ha de seguir pasando. Lo que estas planteando son los gtos extraordinarios que surgen al estar estudiando por lo que éstos debieran ser sufragados por ambos padres a partes iguales o en las posibilidades de cada uno. El consejo que te ha dado Padre1 lo veo acertado pero lleva consigo la modificacion de medidas que establecisteis en su dia y dado que ella esta practicamente fuera y tu sufragas sus gtos deberias hablar con ella para que tuvieras su custodia. (Salvo mejor opinion).
Saludos.
08/12/2005 00:45
¿la custodia de un mayor de edad?
08/12/2005 11:22
muchas gracias por los consejos, pero no tengo claro lo que debo hacer para cambiar la custodia de un mayor de edad. ¿Sería suficiente un comunicado a la madre, por parte de su hija, con la decisión de pasar los periodos de vacaciones con su padre? -el resto del año estoy pagando el colegio mayor-.
Padre1 aconseja pasar por el juzgado, ¿tiene que pasar mi hija? ¿Qué trámites hay que seguir?
08/12/2005 12:56
Perdon, no habia leido que ha cumplido ya los 18 años.
08/12/2005 12:57
Conosco de uno que le pagaba la carrera a su hija, pero su hija no queria ni ir a visitarlo ya era mayor de edad. El juez le dio la razon al padre y si su hija no queria ver a su padre tampo tendria que querer su dinero asi que ese padre no le pasa mas pension a su hija Hablalo con tu hija y si las cosas estan bien con ella lo mismo te apoya para que no le des dinero a su madre
08/12/2005 16:18
Claro que teneis que pasar por el juzgado para comuncarlo (supongo que con abogado, procurador y a través de un cambio de medidas), ya que, aunque tu hija viviese contigo y dejases de pagar la pensión alimenticia, estarías incumpliendo la sentencia de separación, con lo cual te podrían condenar por ello.- Saludos.-
08/12/2005 16:50
Que alguien me corrija si me equivoco:

Por lo que he leído en varias ocasiones en estos foros, creo que si tu hija tiene ya 18 años puedes ingresarle la pensión en una cuenta suya, y no en la de su madre, así el dinero lo recibiría tu hija en su totalidad.
08/12/2005 19:18
unodelnorte, creo que puedo asegurarte que no es ese el camino adecuado. La primera "ostia" me ha llegado por ese lado. La juez no siguió leyendo los argumentos de mi abogado, inmediatamente embargaron mi cuenta y me cargaron el importe de todos los atrasos. De momento dice que tengo que seguir pagando a mi ex y tramitar el cambio de medidas -seis meses más de espera-. No sé si es posible acelerarlo de alguna manera.
08/12/2005 21:52
jmmj, esta en lo cierto. No se puede pasar la pension alimenticia a los hijos una vez han alcanzado la mayoria de edad por iniciativa propia. Se ha de solicitar la modificacion de medidas correspondiente. Otra cosa diferente es que haya buen entendimiento entre las partes pero recomiendo en estos casos, al menos hacer un documento privado que asi lo contemple.
Saludos
08/12/2005 21:53
Queria decir, "no se puede dejar de pasar la pension alimenticia".
perfil FPC
09/12/2005 14:29
Entonces hasta cuando hay que pasar la pension de alimentos del hijo a la madre??
Yo tenia entendido que solo era hasta que el hijo cumpliera la mayoria de edad.
Un saludo
10/12/2005 03:03
Hasta que el hijo sea independiente economicamente como ya se ha dicho reiteradamente.
10/12/2005 09:33
Y si el hijo no es independiente economicamente hasta que edad hay que pasarle pension de alimentos? No existe una edad legal para que se pueda quitar esta pension?
Como se puede demostrar que el hijo no es independiente economicamente porque no quiere?,me refiero a hijos que no trabajan o que no quieren aceptar trabajos por debajo de sus posibilidades ya que en casa todo es gratis y en la calle no, por lo que nunca se van de casa y el padre tiene que seguir pagando.
perfil FPC
10/12/2005 10:57
Didache, se entiende que si es estudiante no puede ser independiente economicamente, pero si no estudia y no quiere trabajar, debe haber una edad limite para extinguir la pension de alimentos.
Otra cosa bien distinta es que ayudemos a los hijos hasta que podamos en todos los aspectos.
Un saludo
10/12/2005 12:12
Un juez a un chico que con 25 años todavía no ha aprobado ni primero o segundo de carrera o de un modulo profesional te aseguro que le pone los puntos sobre las ies y le da un corto periodo de tiempo para que se ponga a trabajar. Quiero decir que cuando un hijo no responde a las especttivas que se esperan de el dentro del mundo académico o laboral lo mejor es acudir al juzgado que ya el juez le acotará el tiempo que dispone para seguir haciendo el golfo y luego se acabó, adiós pensión alimenticia, adiós uso y disfrute del piso para el y su mamá.
10/12/2005 15:12
FPC, efectivamente, eso es lo que en este y otro post similar me vengo reiterando. Si elhijo esta estudiando, oposiciones, masters, contratos en practicas de baja cuantia, etc... no hay mas remedio que seguir con la manutencion. Si por el contrario, ha terminado los estudios, no tiene trabajo porquese esta mas comodo en casa y se tiene una edad en la que se podria valer por si mismo, habria que solicitar la modificacion de medidas a tal efecto. Pero no existe una edad fijada que con ella se de por finalizada la obligatoriedad de pasar la manutencion por alimentos. No obstante, al ser mayor de edad, el solicitante de la pension ya no es la madre custodia sino directamente el hijo.
Saludos.